Subvenciones a Centros de Emprendimiento de la Red ARCE.

Código de ayuda:

S18973/22

Norma:

ORDEN ICD/340/2022, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas destinadas a fomentar el desarrollo y consolidación de proyectos de inversión para la mejora de infraestructuras en los Centros de Emprendimiento de la Red Aragonesa de Centros de Emprendimiento (Red ARCE) fuera de las capitales de provincia, con especial incidencia en los emplazados en municipios de menos de 5.000 habitantes

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima por beneficiario no superará los 20.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades titulares de Centros de Emprendimiento que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Entidades Locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a ellas cuya titularidad les corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas.

b) Entidades integrantes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón y organismos autonómicos y entidades dependientes o asimiladas a ellas de la Administración del Estado, cuya titularidad le corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas.

c) Asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos con, al menos, un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.

Para acceder a la condición de beneficiarios, será imprescindible que, en el momento de la publicación la convocatoria, el Centro de Emprendimiento esté adherido a la Red Aragonesa de Centros de Emprendimiento (Red ARCE). La Fundación Aragón Emprende comprobará de oficio que se cumple con el requisito de adhesión a la Red ARCE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán actuaciones subvencionables las inversiones en activos fijos nuevos.

Se considerarán gastos e inversiones subvencionables aquellos pagos que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación subvencionada, que tengan un efecto incentivador y que se deriven de los siguientes conceptos:

a) Activos materiales: Activos correspondientes a instalaciones, instrumental de laboratorio e investigación, maquinaria y equipos, relacionados directamente con la actividad del centro de emprendimiento y que deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.

b) Instalaciones relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto.

c) Obra menor relacionada con las instalaciones y/o ubicación de maquinaria, bienes de equipo o laboratorios. En caso de que fueran necesarios trabajos de preparación, planificación, diseño, redacción y dirección facultativa en la obra menor, el importe máximo subvencionable será del 6% del total de la inversión aprobada para esta partida.

d) Activos inmateriales: Activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, “know how” o conocimientos técnicos no patentados, de inversión inmaterial de adquisición de tecnologías asociadas al proyecto o que tengan como finalidad el aumento de la capacidad productiva, fomenten la innovación y el diseño, y/o supongan una cooperación efectiva entre entidades.

e) Adecuación y equipamiento de oficinas y zonas de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/03/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 62
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento