Subvenciones a Centros Educativos y Centros de Formación del Profesorado para la realización de Proyectos de Educación para la Salud.

Código de ayuda:

S03873/03

Norma:

Orden 947/2003, de 13 octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Reconocer e impulsar el esfuerzo de la comunidad educativa para llevar adelante el desarrollo de la Educación para la Salud en los Centros Educativos, como apoyo relevante a la estrategia de Salud Pública para la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- En el caso de los Centros Educativos, los proyectos que impliquen a un solo Centro estarán dotados con una cantidad máxima de 3.000 euros.
- En aquellos en los que en su desarrollo intervengan varios Centros, la asignación máxima será de 8.000 euros.
- En el caso de los Centros de Formación del Profesorado, el seguimiento de un proyecto estará dotado con una cantidad máxima de 450 euros y la formación necesaria para el desarrollo de un proyecto se dotará con un máximo de 2.880 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Centros Educativos, de titularidad pública o privada, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Igualmente podrán solicitar ayudas los Centros de Formación del Profesorado en cuya demarcación se desarrollan los proyectos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Para los Centros Educativos las ayudas servirán para cubrir gasto en recursos materiales y actividades de apoyo necesarias para la realización de los proyectos.
- Para los Centros de Formación al Profesorado las ayudas estarán destinadas a cubrir los gastos del seguimiento de los proyectos y de la formación del profesorado.
- En ambos casos, las ayudas financiarán gastos corrientes, como por ejemplo material de oficina, productos alimenticios, agua, luz, teléfono, alquiler de fotocopiadoras, etc.

Requisitos:

Centros Educativos.
a) Elaboración de un proyecto acompañado de un presupuesto
detallado y acorde con las acciones propuestas.
b) Los proyectos podrán ser propuestos y desarrollados por los claustros de profesores, departamentos, grupos de profesores/as con destino en uno o varios centros educativos, así como por equipos mixtos formados por docentes y sanitarios u otros profesionales
del ámbito comunitario.
c) Si el proyecto se va a realizar en varios centros, se elegirá uno de ellos como centro coordinador.
d) El Consejo Escolar o el Claustro de Profesores (en aquellos casos en los que sea de su competencia), deberá aprobar el proyecto previamente a la solicitud de la subvención.
e) Cada centro educativo podrá presentar un único proyecto que no deberá estar subvencionado por otra/s institución/es.

Centros de Formación del Profesorado.
Deberán elaborar un documento que recogerá las acciones a realizar para llevar a cabo la formación del profesorado, en su caso, y el seguimiento de los proyectos subvencionados en su demarcación, acompañado del presupuesto detallado correspondiente. Esta subvención es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda
para el objeto de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2003
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 257
Documento: Convocatoria Descargar Documento