Subvenciones a Ayuntamientos para la realización de inversiones del Plan de Infraestructuras Socioculturales 2005-2008.

Código de ayuda:

S50346/05

Norma:

Sesión de 30 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

30 días tras publicación de Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del procedimiento para la Concesión de subvenciones a Ayuntamientos para la realización de inversiones en infraestructuras socioculturales, en desarrollo del convenio de colaboración, de fecha 01 de Agosto de 2005. entre la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana y la Diputación Provincial de Castellón para la realización del Plan de Infraestructuras Socioculturales.

El Plan tendrá por objeto financiar la ejecución de inversiones en infraestructuras socioculturales de carácter público, destinadas a la promoción y difusión cultural.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Diputación Provincial de Castellón (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de la Provincia de Castellón que cuenten con una población inferior a los 10.000 habitantes de acuerdo con las cifras de población oficiales resultantes de la revisión del padrón municipal de habitantes referidos a 01 de enero de 2004 (Real Decreto 2348/2004 de 23 de diciembre).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes modalidades de inversión, referidas a centros culturales de titulariadad pública:
a) Adquisición de inmuebles.
b) Obras de nueva construcción así como de rehabilitación, ampliación o mejora.
c) Equipamiento e instalaciones.
d) Varias de las modalidades anteriores.

Quedarán excluidas de este Plan:
a) La adquisición de los terrenos necesarios para llevar a cabo las obras, cuya aportación corresponderá exclusivamente a los Ayuntamientos promotores de las inversiones.
b) Las inversiones en centros de carácter docente-cultural destinados a impartir enseñanzas de carácter reglado.
c) Las inversiones en centros culturales no destinados al uso público.
d) La adquisición de instrumentos musicales, excepto pianos de concierto para salas teatrales o auditorios.

En los proyectos referidos a centros de carácter polivalente que agrupen varios servicios municipales, solo podrán acogerse a este plan y a su financiación en la parte proporcional que corresponda a los espacios destinados a la promoción y difusión cultural.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2005
BO Provincia de Castellón- Nº 124
Documento: Bases del Plan 2005-2008 Descargar Documento