Subvenciones a Ayuntamientos de Castilla-La Mancha para el Desarrollo de Actuaciones de Integracion Laboral de Personas Inmigrantes y se aprueba la convocatoria para el Año 2009.

Código de ayuda:

S04828/09

Norma:

Orden de 14/01/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha para el desarrollo de actuacionesen materia de integración de inmigrantes.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones será proporcional al importe del coste de la actuación subvencionada, que en ningún caso podrá exceder de 60.000 euros. Asimismo el porcentaje de la subvención no podrá superar el 90% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las subvenciones previstas en esta Orden los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha con un porcentaje de extranjeros no comunitarios empadronados no inferior al 3% incluyendo en este porcentaje a los nacionales de Rumania y Bulgaria, según los datos oficiales del INE a 1 de enero de 2009 y las Entidades Locales.

Requisitos:

Los requisitos que deben seguir los benebiciarios son los siguientes:

a) Aportación de, al menos el 10% del coste total de las acciones o actividades por la Entidad solicitante.

b) Haber justificado, en su caso, las subvenciones y ayudas recibidas de la Consejería de Trabajo y Empleo para fines análogos.

c) No hallarse incursa en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

d) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/01/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 14
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2009 Descargar Documento