Subvenciones a Asociaciones y Entidades prestadoras de ServiciosSociales.

Código de ayuda:

S05191/04

Norma:

Sesión de 24 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las Asociaciones y Entidades que presten Servicios Sociales e la a Provincia de Castellón.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Diputación Provincial de Castellón (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No excederá, en ningún caso, del 50% del montante económico del programa para el que se otorgue.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones y Entidades prestadoras de Servicios Sociales, que dispongan de domicilio social en la Provincia de Castellón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La atención de gastos corrientes derivados de los siguientes conceptos:
a) Atención de gastos generales, entendiendo como tales como los gastos ordinarios derivados del mantenimiento de la Entidad solicitante.

b) Ejecución de programas de servicios sociales, dirigidos a colectivos provinciales de población, considerados como prioritarios en atención a los indicadores de riesgo social concurrentes entre sus miembros.

c) Promoción de la cooperación social a través del asociacionismo y de las actividades que de éste se desprenden, articuladas para propiciar la participación de los ciudadanos en la resolución de problemáticas sociales existentes en la Provincia de Castellón, fomentando, con ello, la iniciativa social.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente, en los correspondientes Registros, como asociaciones o fundaciones, al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
b) Tener estatutariamente establecidos como fines primordiales y fundamentales, la articulación de actividades propias de los servicios sociales.
c) Carecer de fines de lucro, y no depender, económica o institucionalmente, de entidades lucrativas.
d) Disponer de domicilio social y representación permanente en la provincia de Castellón, así como una estructura que garantice el desarrollo de la actividad para la que se solicita la concesión de subvención.
e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Encontrarse al corriente de las obligaciones contraídas con la Diputación Provincial de Castellón, en el supuesto de haber recibido previamente subvenciones otorgadas por la misma.

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2004
BO Provincia de Castellón- Nº 26
Documento: Convocatoria Descargar Documento