Subvenciones a Asociaciones de Consumidores para el apoyo y asesoramiento de los afectados por la situación de las empresas Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y Forum Filatélico, S.A..
Código de ayuda:
S15182/06Norma:
REAL DECRETO 613/2006, de 19 de mayo.Plazo de Solicitud:
Sin especificar.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones por el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Nacional de Consumo, a las organizaciones de consumidores y usuarios mencionadas en el anexo I, con la finalidad de reforzar los medios destinados por éstas al asesoramiento, defensa y gestión de las reclamaciones de los afectados por la situación de las Sociedades Forum Filatélico, S.A. y Afinsa Bienes Tangibles, S.A. en mayo de 2006, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Las razones de interés social y económico que justifican el otorgamiento directo de las subvenciones radican en el elevado volumen de afectados y la necesidad de atender el asesoramiento y gestión de sus reclamaciones por parte de las organizaciones de consumidores y usuarios.
Categorías Subvención
Consumo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones de consumidores y usuarios mencionadas en el anexo I.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones previstas en este real decreto se destinan a:a) Contribuir a la financiación de los gastos de asesoramiento a los consumidores, en un importe máximo de 700.000 euros.
Este importe se pagará por anticipado en la concesión de la subvención con la distribución por las organizaciones en los importes relacionados en el anexo I y se destinará a financiar los gastos realizados por las asociaciones en la gestión de documentación, asesoramiento y atención telefónica y personalizada de los afectados.
b) Contribuir a la financiación de los gastos originados por el apoyo a la representación y de defensa de los
intereses y derechos de los afectados, en un importe máximo de 1.300.000 euros que se distribuirá en función del número de afectados sobre los que las organizaciones asuman su representación y defensa judicial.