Subvenciones a Asociaciones de Comerciantes y sus Federaciones para el desarrollo y ejecucion de los Planes de Dinamizacion Comercial Local.

Código de ayuda:

S22419/08

Norma:

Orden HAC/2/2008, de 6 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los contenidos de esta Orden, definen el marco de actuación y el régimen jurídico aplicable a la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de desarrollo y ejecución de los PDCL.

Las ayudas motivo de esta convocatoria tendrán como finalidad incentivar las siguientes actividades:

a) Realización de Planes Individuales de Modernización (PIM) de los comercios minoristas y de empresas de
servicios complementarios al comercio cuyo establecimiento se encuentre situado en una “Zona DCL”, así
declarada según lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 9 de mayo de
2003, debiendo haber obtenido esta calificación con posterioridad a 2005, que se encuentren incluidos en alguno de los supuestos establecidos en el Artículo 2.
b) Inversiones en mobiliario y equipamiento urbano y las actuaciones de señalización para la delimitación espacial de la “Zona DCL” con fines de atracción comercial.
c) Cursos de formación comercial dirigidos a los comerciantes de la “Zona DCL”.
d) Contratación de personal para la gerencia del PDCL.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Empleo
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de esta convocatoria podrán alcanzar hasta el 70% del coste de las actuaciones previstas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones de Comerciantes y sus Federaciones que
se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria cuyos Proyectos de PDCL fueron seleccionados en las convocatorias efectuadas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda en años anteriores, siempre que hayan sido informados favorablemente los correspondientes PDCL por la Dirección General de Comercio y Consumo en los términos previstos por la misma Orden, y se haya calificado el área de actuación como “Zona DCL” mediante la oportuna declaración con posterioridad a 2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos de inversión que podrán ser subvencionados son los expresados en el artículo 2 de la presente Orden.

La inversión subvencionable se realizará a lo largo del año 2008 sin perjuicio de sus prórrogas según lo establecido en el artículo 15 de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 63
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento