Subvenciones a Asociaciones Juveniles.

Código de ayuda:

S20582/04

Norma:

Convocatoria de 19 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de programas de:
- Actividades de asociaciones juveniles.
- Funcionamiento o sostenimiento de las sedes, mejora o reforma de inmuebles y adquisición o reparación de material inventariable y equipamiento con el objetivo de promover el desarrollo de actividades y servicios destinados a los jóvenes y obtener un efectivo desarrollo y protección de sus derechos, así como impulsar su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de la provincia de León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de León (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No excederán, en ningún caso, del 50% del coste de la actuación a que se apliquen no pudiéndose exigir su aumento o revisión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las asociaciones juveniles, consejos de la juventud provincial, comarcal y locales, así como otras organizaciones que representen intereses sociales siempre que tengan su sede ubicada en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León o, si tienen carácter provincial, que tengan sede, formalmente constituida, en al menos tres municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia.
En cuanto a los consejos, su sede estará ubicada en uno de los municipios que lo integran. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones juveniles y consejos de la juventud de la comunidad autónoma de Castilla y León.

b) Las secciones juveniles de otras asociaciones culturales, deportivas... que estén formalmente contempladas en sus estatutos o bien en una modificación de éstos por la que se crea la sección juvenil dentro de la propia asociación, siempre que tengan su sede ubicada en municipios de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención:
- Programas de actividades juveniles.
- Programas de funcionamiento o sostenimiento de las sedes.
- Programas de obras de mejora o conservación de inmuebles (obras de conservación) y adquisición o reparación de material de equipamiento (siempre inventariable).

Actividades subvencionables:
1.- Actividades de ocio y tiempo libre.
2.- Actividades para favorecer el espíritu creador de los jóvenes: teatro, música, artes plásticas, artesanía y cine.
3.- Actividades que mejoren la calidad de vida de los jóvenes:
- Programas de información y prevención contra el consumo de drogas: alcohol, tabaco y resto de toxicomanías.
- Educación para la paz, valores sociales, salud y sexualidad.
4.- Prevención de la marginación, el racismo y la xenofobia.
5.- Actividades para la educación medioambiental.
6.- Servicio de voluntariado juvenil.
7.- Intercambios juveniles.
8.- Participación en congresos, jornadas y otras actividades de naturaleza análoga, siempre que no sean las derivadas del funcionamiento ordinario de la asociación.

Requisitos:

Ver Beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2004
BO Provincia de León- Nº 172
Documento: Convocatoria Descargar Documento