Subvenciones a Asociaciones, Cooperativas y Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios que programen actividades de informacion, educacion y defensa en interes de los consumidores.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S26864/12

Norma:

En Ceuta, a 10 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones cuyo fin y ámbito de actuación sea la formación, educación y defensa de consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención no podrá superar el 99 % del presupuesto de ejecución de la actividad
subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, cooperativas y federaciones de asociaciones de consumidores y usuarios constituidas conforme a la Legislación vigente y dotadas de personalidad jurídica que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Funcionamiento de oficinas de información a los consumidores y usuarios, cuyo ámbito subjetivo de actividad comprenda a todos los potenciales consumidores y usuarios, con independencia de que estos
ostenten o no la condición de asociados. En esta oficina se facilitará información y asesoramiento en materia de defensa de consumidores y usuarios.

En este apartado se financiará exclusivamente los gastos referidos a:

- Arrendamientos del local sede de la organización.

- Suministro de luz y líneas de teléfono fija de la sede de la organización.

- Gastos de comunidad de la sede de la organización.

- Gastos de mantenimiento y actualización de los contenidos de la página web de la organización,
siempre que sean accesibles para todos los consumidores y usuarios y no solo para los asociados/as.

- Material diverso de oficina (folios, bolígrafos, cartuchos de tinta,...)

- Folletos, libros y publicaciones periódicas de divulgación de los derechos y deberes de los consumidores
y usuarios.

b) Gastos originados por el asesoramiento y gestión de reclamaciones por personal técnico y jurídico
especializado en materia de consumo.

En este apartado se financiará exclusivamente los honorarios que perciba el citado personal.

c) Actividades formativas dirigidas a potenciar y mejorar los conocimientos en materia de consumo de
las personas consumidores y usuarias en especial en materia de telefonía, transporte, seguros, servicios bancarios, suministro de agua y electricidad.

En este apartado se financiará exclusivamente los gastos referidos a:

• Los honorarios de las personas que participen en el desarrollo de la actividad.

• La adquisición o alquiler del material necesario para su realización.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Ciudad o haberlo solicitado con anterioridad a la publicación de la presente resolución.

b) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 27 del Real Decreto Ley
1/2007, de 16 de noviembre.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) Contar con una estructura interna y un régimen de funcionamiento democrático.

e) Desarrollar su actividad en la ciudad de Ceuta.

Documentos asociados

Boletín: 17/07/2012
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5174
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos (1.629) Descargar Documento