Subvenciones INVIERTE del programa INNPULSA 20122015.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S06000/14

Norma:

Orden INN/4/2014, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2014 la línea de subvenciones INVIERTE del Programa INNPULSA 2012-2015 de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la inversión subvencionable, aprobada por el Comité de Evaluación, debe estar comprendida entre 50.000 y 1.500.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Fundaciones
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

La empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2, y esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social. Asimismo, podrán tener la condición de beneficiario las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para las empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de creación, ampliación o diversificación de la producción de establecimientos industriales, así como aquellos que supongan un cambio en el proceso de producción global de un establecimiento existente siempre que se juzguen sostenibles y viables técnica, económica y financieramente.

Requisitos:

Las empresas de nueva creación podrán ser beneficiarias aunque no estén dadas de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud, debiendo, en este caso, acreditar
su actividad laboral en cualquier régimen de la Seguridad Social a la fecha de justificación.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 34
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento