Subvención para proyectos en materia de responsabilidad social para el año 2019.

Código de ayuda:

S30228/19

Norma:

RESOLUCIÓN 34E/2019, de 12 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Según la Comisión Europea la responsabilidad social consiste en «la responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad». Para asumir plenamente su responsabilidad social, las empresas deben integrar en su estrategia empresarial las actuaciones necesarias para mejorar, por encima de la ley, aspectos sociales, medioambientales y económicos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las empresas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán los proyectos en materia de responsabilidad social cuyas acciones se ejecuten entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2019.

Requisitos:

a) Tener el domicilio social en Navarra.

b) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando así proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

c) No haber sido sancionadas, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria, por incumplimiento de las obligaciones que en materia de planes de igualdad establecen el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo aplicable, o por decisiones de la empresa que impliquen discriminación directa o indirecta desfavorable por razón de sexo u orientación sexual o por acoso sexual.

d) No haber sido sancionadas mediante resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o más de dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.

e) No hayan sido objeto de una sanción medioambiental firme en los dos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de solicitud, que conlleve la exigencia de acciones correctoras y se constate, en informe emitido por el órgano sancionador, que estas no se han puesto en marcha o se ha incumplido el calendario para su aplicación.

f) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

Asimismo, con el fin de comprobar que los solicitantes se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento