Subvención para la organización de actividades formativas en materia de comercio exterior del año 2008.

Código de ayuda:

S66373/08

Norma:

RESOLUCION 230E/2008, de 3 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/11/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de la subvención para la organización de actividades formativas en materia de comercio exterior del año 2008.

Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos específicos:

1. Entidades, con personalidad jurídica y domicilio en Navarra, que organicen con carácter habitual actividades formativas en materia de Comercio Internacional.

2. Asociaciones empresariales con personalidad jurídica, ubicadas en Navarra, que organicen actividades formativas en materia de Comercio Internacional para sus asociados. En el caso de que participen en la actividad formativa empresas de otras Comunidades Autónomas, las ayudas serán proporcionales al número de empresas navarras participantes.

El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la presentación de los formularios que se señalan en la Base 4, y deberán mantenerse hasta el 30 de noviembre de 2008.

Asimismo, los solicitantes deberán reunir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento deberá acreditarse mediante el formulario de solicitud (Fc7.07.05).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la organización de actividades formativas en materia de Comercio Exterior. La existencia de una oferta formativa que incluya
jornadas y seminarios, cursos y masters relacionados con la internacionalización conseguirá una mejor inserción profesional de los alumnos y una mejor preparación de las empresas para abordar su proceso de salida al exterior.

Las actividades objeto de subvención deberán tener lugar en Navarra y comenzar entre el 1 de diciembre de 2007 y el 30 de noviembre de 2008 y en cada una de ellas deberán participar, al menos, 15 personas.

Excepcionalmente, podrá admitirse un número menor de participantes en las acciones formativas en las que concurran razones objetivas que impidan alcanzar ese número de asistentes, estas razones deberán explicitarse en la solicitud y ser aceptadas por el Servicio de Comercio e Internacionalización.

Los gastos subvencionables y su correspondiente importe de subvención son los siguientes:

a) Masters de inserción profesional, de materia de Comercio Exterior, dirigidos exclusivamente a titulados universitarios sin experiencia profesional y que exijan un período de prácticas de al menos seis meses para la obtención del título.
La subvención podrá alcanzar hasta el 100% del déficit generado, con un máximo del 50% de los gastos relacionados con la actividad que no excederá, en ningún caso, de 28.000 euros.

b) Resto de masters de Comercio Exterior de, al menos, 400 horas de duración.
Hasta el 100% del déficit generado, con un tope del 50% de los gastos y con un máximo de 14.000 euros.

c) Cursos de materias relacionadas con el Comercio Internacional, cuya duración sea igual o superior a 60 horas lectivas.
Hasta el 100% del déficit generado, con un tope del 50% de los gastos y con un máximo de 3.500 euros.

d) Seminarios o Jornadas Técnicas, sobre temas relativos a Comercio Exterior, con una duración no inferior a 3 horas.
Hasta el 100% del déficit generado, con un tope del 50% de los gastos y con un máximo de 1.000 euros.

Para calcular el importe del déficit, se tendrán en cuenta los conceptos que a continuación se señalan:

a) Gastos: contratación de ponentes, de promoción de la actividad a realizar, de edición de la documentación soporte de la actividad y otros gastos corrientes, directamente imputables a la realización de la actividad, excluidos los gastos de personal de la solicitante.
En los Masters de inserción profesional se acogerán también los gastos indirectamente imputables a la actividad objeto de subvención, en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad.

b) Ingresos: los aportados por la entidad organizadora, ingresos de inscripción de los asistentes, aportaciones de otras entidades patrocinadoras, otros ingresos de naturaleza corriente directamente relacionados con la realización de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 129
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento