Subvencion para la incorporacion de las TIC en las pymes y los trabajadores autonomos de Navarra del año 2011.

Código de ayuda:

S05164/11

Norma:

RESOLUCIÓN 10460/2010, de 24 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en las pymes y los
trabajadores autónomos de Navarra para contribuir a la modernización de su gestión. De esta forma se impulsará el desarrollo de la sociedad de la información y el propio desarrollo económico y social de la Comunidad Foral de Navarra, favoreciendo la creación de nuevos modelos de negocio y procesos organizativos en las empresas y haciendo posible, por tanto, importantes mejoras en la productividad.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de subvención serán los siguientes:

a) Para trabajadores autónomos y pymes que ocupen hasta 3 trabajadores: un 30% de los gastos subvencionables justificados (IVA excluido), con un límite de subvención de 7.000 euros por cada beneficiario.

b) Para las pymes que ocupen a más de 3 trabajadores y asociaciones empresariales: un 30% de los gastos subvencionables justificados (IVA excluido), con un límite de subvención de 15.000 euros por cada
beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pymes y trabajadores autónomos que realicen una actividad empresarial así como las asociaciones
empresariales, siempre que reúnan los requisitos.

Asimismo, podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos que presentaron su solicitud a la convocatoria de subvención para la incorporación de las TIC en las pymes y los trabajadores autónomos de
Navarra del año 2010 (aprobada por Resolución 10061E/2010, de 23 de julio, de la Directora General de Empresa) y a los que no se concedió la ayuda por haberse agotado los fondos presupuestarios disponibles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición mediante compraventa de ordenadores con un lector de D.N.I. electrónico cada uno, que podrá ser externo o incorporado al mismo. Todos los equipos y componentes adquiridos deberán ser nuevos y de primer uso y deberán estar destinados a la gestión. La suma de ordenadores subvencionados no podrá superar el número de trabajadores que tenga la empresa. En el caso de los trabajadores autónomos se subvencionará solamente un ordenador.

b) Adquisición mediante compraventa de tantas impresoras multifunción con escáner incorporado destinadas a la gestión como equipos se hayan subvencionado según la letra anterior. Todos los equipos y
componentes adquiridos deberán ser nuevos y de primer uso y deberán estar destinados a la gestión. Los gastos presentados por este concepto no podrán ser mayores que los de la letra anterior.

c) Programas informáticos destinados a la gestión y programas antivirus que sean de primera implantación. Se subvencionarán también aquellos programas de gestión que puedan ejecutarse en un dispositivo móvil. Quedan excluidos, por tanto, los programas informáticos destinados a la producción, así como actualizaciones de software y renovación de licencias.

d) Diseño e implantación de páginas web referidas a la actividad empresarial. Deberán disponer de navegación por menús, contener como mínimo páginas de presentación de la empresa, actividad de la misma, localización, contacto e información de los productos o servicios que ofertan.

e) Adaptaciones en las páginas web que supongan cambios cualitativos importantes sobre la versión anterior. Mejoras para optimizar el posicionamiento en buscadores de la web site de la empresa. Traducción
de contenidos de la web site de la empresa a otros idiomas. Análisis, diseño e implantación de la empresa en las redes sociales.

f) Pago por cada servicio contratado de aplicaciones de gestión en modo SaaS (Software as a Service). Estos servicios deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles.

g) Sistemas de gestión financiera con facturación electrónica, con obligación de utilizar una firma electrónica avanzada para garantizar su autenticidad e integridad. Estos sistemas deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles.

h) Sistemas B2B (Business-to-Business), B2C (Business-to-Customer) de compraventa de productos y servicios por parte de la empresa a través de Internet o B2E (Business to employees) que permite a los
trabajadores acceder de forma remota a la intranet de la empresa y que deberán ser accesibles mediante dispositivos móviles.

i) Implantaciones de ERPs (Enterprise Resource Planning). Estos sistemas deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles.

Requisitos:

a) Cumplir lo establecido en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y estén constituidas, a todos los efectos, antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

c) En el caso de las pyme, deberán ajustarse a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). Aquellos trabajadores autónomos que tengan trabajadores contratados a su cargo, deberán optar, a la hora de solicitar la subvención, por hacerlo como tales o como pyme.

d) Las pymes que ocupen a más de 3 trabajadores deberán disponer de página web, cuya url se facilitará en el formulario de solicitud.

e) En el caso de las Asociaciones Empresariales, deberán estar inscritas como tales en el Registro de Asociaciones Profesionales de Navarra, adscrito al Departamento de Innovación, Empresa y Empleo.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento