Subvención para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Código de ayuda:

S56200/05

Norma:

Resolución de 28 de noviembre de 2005. Bases en Orden de 24 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Será objeto de la subvención regulada en la presente norma, financiar los costes laborales derivados de la contratación de trabajadores desempleados para la ejecución de obras o servicios de interés general y social, en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, de acuerdo con la dotación presupuestaria que se asigne a tal fin.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades solicitantes será la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todas las contingencias, en la misma cantidad que la fijada para el salario según convenio colectivo vigente de aplicación en el correspondiente ámbito territorial y funcional en el momento de realizar la solicitud por cada trabajador desempleado contratado.

Para la determinación del coste salarial se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, excluidas, en todo caso, las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades aragonesas que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones otorgadas se destinarán a la financiación de los costes salariales de los trabajadores que, una vez reunidos los requisitos y aplicados los criterios de selección fijados en esta norma, sean contratados para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social.

Requisitos:

a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y que sean competencia de las Corporaciones Locales, incluidas aquellas obras y servicios que se realicen sobre bienes inmuebles que pongan las entidades solicitantes a disposición del Instituto Aragonés de Empleo.

b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa o por las empresas a las que se adjudique su ejecución.

c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesional de los desempleados.

d) Que el porcentaje mínimo de trabajadores desempleados a ocupar en la realización de la obra o servicio sea del 75 por 100.

e) Que la programación de las obras y servicios se ajuste, en cuanto a su duración, al sistema de tramos que se prevé, por el que se vinculan las fechas de inicio a las fechas límite de finalización de las obras y servicios.

f) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Instituto Aragonés de Empleo para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.

g) Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

h) Que las obras o servicios a ejecutar se realicen en alguna de las siguientes actividades:
h.1. Servicios personales de proximidad vinculados a la vida diaria.
h.2. Servicios para la protección del medio ambiente.
h.3. Servicios de utilidad colectiva.
h.4. Servicios y actividades de ocio y culturales.
h.5. Nuevas tecnologías de la información.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/12/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 144
Documento: Convocatoria 2006 y autorización Descargar Documento