Subvención para el fomento de la actividad empresarial.

Código de ayuda:

S01837/03

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la creación de empresas y el fomento de empleo, mediante un programa de incentivos y ayudas económicas destinadas a favorecer la generación de empleo estable y de calidad en el municipio.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Ayuntamiento de Ciudad Real (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.200 euros por cada contratación indefinida. 300 euros por cada contrato de duración mínima de un año. La transformación en indefinido -dentro de los dos años siguientes a la fecha inicial de contratación - de un contrato temporal subvencionado, dará derecho a una subvención complementaria sobre la otorgada por la contratación temporal, hasta alcanzar el límite de 1.200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresario individual (autónomo), comunidad de bienes, sociedad civil, sociedad de responsabilidad limitada, cooperativa de trabajo asociado y sociedad laboral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

I. Subvenciones para la creación de nuevas empresas.
Fomento de la creación de nuevas empresas, con dos modalidades:
a) Subvención a fondo perdido para la creación de nuevas empresas.
b) Subvención por importe de una cantidad hasta el 100% de la licencia de apertura.
Ambas son compatibles.

II. Subvenciones para el fomento de la contratación laboral.
1. Estas ayudas consisten en una subvención de 1.200 euros (por contratación indefinida) o de 300 euros (para contratos cuya duración mínima sea de una año) por la contratación de los siguientes colectivos:
.- Jóvenes hasta 25 años.
.- Mayores de 45 años.
.- Discapacitados (igual o superior al 33%).
.- Demandantes de primer empleo.
.- Parados de larga duración
.- Mujeres.
.- Extoxicómanos (rehabilitados desde al menos un año antes de la fecha de solicitud).
.- Inmigrantes.
.- Exreclusos.
2. Se aplicará un incremento del 25% cuando se trate de:
- Beneficiarios de programas municipales de formación y empleo, entendiéndose por tales aquellas personas que participen activamente y con aprovechamiento en acciones integrantes de un programa de este tipo, mediante el cual obtengan formación profesional que mejore su ocupabilidad de forma que se facilite sus posibilidades de inserción laboral estable por cuenta propia o ajena.

Requisitos:

1. Que el coste de la inversión a realizar sea superior a 6.000 euros. Se considera gasto de inversión, aquellas cantidades satisfechas tanto en inmovilizado material de primera adquisición, como inmaterial, así como los gastos para su puesta en funcionamiento. En ningún caso se considerará como gasto de inversión, la adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial, así como aquellos que puedan ser afectados al uso personal de socios o directores de empresa.
2. Ser empresa de nueva creación, considerándose como tal las que hayan iniciado la actividad dentro del cuatrimestre natural inmediatamente anterior al que se refiere la convocatoria correspondiente (se considera como inicio de actividad la fecha de alta en el I.A.E.)
3. La contratación deberá realizarse por un periodo mínimo de un año.


Documentos asociados

Boletín: 15/08/2003
BO Provincia de Ciudad Real- Nº 99
Documento: Convocatoria Descargar Documento