Subvención para el desarrollo de acciones de carácter socio‑residencial y mejora de la convivencia en entornos vulnerables.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37364/16

Norma:

ORDEN FORAL 30E/2016, de 9 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar proyectos que tengan como finalidad la mejora de las condiciones de vida de las personas en situación de exclusión social en Navarra, y contribuyan a la lucha contra la pobreza y a la promoción y
autonomía de estas personas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La convocatoria cuenta con un crédito de 38.052,88 euros.

La apertura de la línea de crédito o préstamo será solicitada inequívocamente para el proyecto presentado en esta convocatoria, siendo la cuantía máxima subvencionable 2.000 euros. No se contemplarán los gastos
financieros si la entidad no solicita abono anticipado de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a la inclusión social de las personas, y al desarrollo de acciones de carácter socio residencial y mejora de la convivencia en
entornos vulnerables.

Requisitos:

Las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social.

d) Tener delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/09/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 186
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento