Subvención para dar soporte al desarrollo del área de juventud de los municipios, fomentando la contratación de profesionales de juventud y la dotación de infraestructuras.

Código de ayuda:

S51800/08

Norma:

Consell de Mallorca, Num. 11958.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1º. Aprobar la convocatoria de subvenciones para dar soporte al desarrollo del área de juventud de los municipios, fomentando la contratación de profesionales de juventud y la dotación de infraestructuras, y las bases adjuntas que han de regirla.

2º. Autorizar los gastos por un importe total de:

A) 75.000,00€ con cargo en la partida presupuestaria 30.45290.46200, del presupuesto de gastos de 2008.
B) 50.000,00€ con cargo en la partida presupuestaria 30.45290.76200, del presupuesto de gastos de 2008.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Durante el ejercicio presupuestario del 2008, se destinarán las cantidades siguientes a las subvenciones objeto de esta convocatoria:

- A) Gastos de personal: por un importe total de 75.000,00 euros, con cargo en la partida 30.45290.46200.
- B) Equipamientos, locales, mobiliario y material no fungible de centros y/o instalaciones específicas para jóvenes: por un importe total de 50.000,00 euros, con cargo en la partida 30.45290.76200.

El importe es vinculante por total previsto, así en el caso que en uno de los apartados una vez valoradas las solicitudes hay un remanente, éste podrá aumentar la otra línea de subvenciones.

No obstante, el crédito inicial previsto podrá ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades de Administración local de Mallorca.

No obstante, no pueden ser beneficiarias si incurren en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartados 1 y 2) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el Texto
refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Con esta convocatoria de una doble línea de subvenciones, se quieren fomentar políticas municipales dentro del ámbito social, cívico, cultural, educativo o de participación comunitaria, al tiempo que se crean las infraestructuras necesarias para llevarlas a cabo.

Se pueden presentar a esta convocatoria las solicitudes de las entidades de Administración local que el año 2008 tengan por objeto llevar a cabo:

A) Contratación de profesionales de juventud.
Son subvencionables:
Los profesionales que preferiblemente trabajen dentro del ámbito social, cívico, cultural, o de participación comunitaria.
Se consideran incluidos el perfiles profesional siguientes: técnicos de juventud municipales, animadores socio-culturales, informadores y/o orientadores que trabajan con jóvenes, dinamizadores juveniles y de casales de jóvenes, mediadores culturales y social (o similares.)

Quedan excluidos:
- Los profesional del ámbito deportivo, sanitario, educativo u otros que no tengan relación directa con el colectivos de referencia.
Son subvencionables únicamente el sueldo y los gastos de seguridad social a cargo de la entidad.

B) Equipamientos, locales, mobiliario y material no fungible de centros y/o instalaciones específicas para jóvenes.
Quedan excluidas las contrataciones de personal, los equipamientos, los locales, el mobiliario y el material no fungible objeto de subvención en otras convocatorias del Consejo de Mallorca, o los que sean objeto de subvenciones nominativas o convenios específicos.
No obstante, se pueden presentar solicitudes que reciban subvenciones o ayudas de otras instituciones, siempre que la suma de todas las ayudas concedidas no supere el coste de la actividad o el equipamiento subvencionable.

Las subvenciones abarcan actuaciones llevadas a cabo desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2008.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 94
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento