Subvención para contribuir a la viabilidad de los Centros Especiales de Empleo.

Código de ayuda:

S39955/21

Norma:

RESOLUCIÓN 2640E/2021, de 5 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones para contribuir a la viabilidad de Centros Especiales de Empleo. El ámbito de actuación es la Comunidad Foral de Navarra

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Serán entidades beneficiarias de la subvención los Centros Especiales de Empleo que carezcan de ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se financiará la superación de la situación de dificultad financiera de los Centros Especiales de Empleo, mediante la subvención de un porcentaje de sus costes salariales, con el fin de ayudar a su viabilidad y al mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que prestan servicios en los mismos.

Se considerará que un Centro Especial de Empleo se halla en la mencionada situación de dificultad cuando la totalidad o parte de su plantilla haya permanecido fuera de la situación de ERTE en algún momento entre el 16 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.

Se financiarán los resultados negativos antes de impuestos en el ejercicio 2020 de los Centros Especiales de Empleo, con el fin de ayudar a la viabilidad de los mismos y al mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que prestan servicios en los mismos.

Las modalidades de subvención previstas en esta base son incompatibles entre sí.

Requisitos:

a) Figurar inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.

b) Tener domicilio fiscal en Navarra.

c) Acreditar una de estas 2 situaciones:

c.1) Estar incluido en el Acuerdo de Gobierno de Navarra, de 4 de abril de 2012, por el que se declaran de utilidad pública e imprescindibilidad, a los efectos de que puedan seguir suscribiendo convenios bilaterales con la Administración Pública de Navarra, para poder recibir compensaciones económicas destinadas a equilibrar su presupuesto.

c.2) Cumplir con las siguientes definiciones de utilidad pública e imprescindibilidad:

Utilidad pública: se considerará que un centro especial de empleo es de utilidad pública cuando el objetivo y la finalidad del mismo sea exclusivamente la inclusión laboral y social de personas con discapacidad.

Imprescindibilidad: verificación de la dificultad de que las personas trabajadoras con discapacidad puedan por sus características de la tipología y grado de discapacidad, su edad, su formación y cualificación profesional y por la necesidad permanente de ser usuarios de los servicios de ajuste
personal y social, encontrar un nuevo empleo en otro centro especial de empleo o en la empresa ordinaria. Dicha verificación supondrá superar el 60% de personas con especiales dificultades para la inserción laboral sobre el total de la plantilla de personas con discapacidad trabajadora del Centro Especial de Empleo.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 179
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento