Subvención en régimen individualizado para la eliminación del amianto en cubiertas de centros de trabajo de la Comunidad Foral de Navarra en 2025.

Código de ayuda:

S16773/25

Norma:

RESOLUCIÓN 363E/2025, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Será objeto de esta subvención la retirada de cubiertas de fibrocemento con amianto y sus
residuos en edificios privados no residenciales en Navarra.

Las presentes bases tienen por objeto establecer el procedimiento de concesión de subvenciones en 2025, en régimen de evaluación individualizada, a empresas que tengan su centro de producción en la Comunidad Foral de Navarra, en relación a las acciones relacionadas con el material con amianto señaladas en el Plan Director de eliminación del amianto en Navarra y que cumplan los requisitos de estas bases reguladoras, en tanto se disponga de crédito presupuestario.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones que se regulan en estas bases las personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad legalmente constituidas, que lleven a cabo las acciones objeto de la subvención y sean propietarios o arrendatarios del lugar en el que se ubique el centro de trabajo en el que se realice la actividad subvencionada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de esta subvención los gastos corrientes relacionados con la retirada en
condiciones de seguridad y salud de cubiertas de fibrocemento con amianto y la gestión de los residuos de amianto, que realicen las entidades beneficiarias en obras de sus centros de producción en Navarra

Requisitos:

a) El centro de trabajo en cuya cubierta se elimina el amianto debe estar ubicado en la Comunidad Foral de Navarra.

b) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Las entidades y empresas que estén en esta situación, podrán volver a ser beneficiarias de ayudas siempre que hayan cumplido con la sanción o la condena impuesta y hayan elaborado, en caso de ser exigible, un plan de igualdad en las condiciones previstas en la legislación vigente.

c) Contar el beneficiario con un plan de igualdad si están obligadas a ello, conforme a lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y que las acciones llevadas a cabo en el marco del proyecto presentado, en cumplimiento de la establecido en la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre Mujeres y Hombres, impulsa las medidas recogidas en la citada Ley Foral.

d) Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud, sin perjuicio de las facultades de la Administración para investigar la veracidad de las declaraciones o justificaciones aportadas.

e) Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus Organismos Autónomos.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 117
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento