Subvención en 2021 de programas de formación dirigidos a personas ocupadas.

Código de ayuda:

S02119/21

Norma:

RESOLUCIÓN 4538E/2020, de 29 de diciembre. RESOLUCIÓN 112E/2021, de 17 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades de formación públicas o privadas, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación para impartir las especialidades formativas objeto de la subvención, ya sea en la modalidad presencial, presencial mediante aula virtual, teleformación o mixta, debiendo disponer en la Comunidad Foral de Navarra, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación de la acción formativa, de instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Asimismo, podrán concurrir a la convocatoria las agrupaciones de entidades de formación inscritas, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. La constitución de dicha agrupación se hará constar en un documento privado, en el que deberá nombrarse a una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la misma. En este supuesto, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada componente de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en la Ley Foral de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas de formación transversales, compuestos por acciones formativas dirigidas a obtener competencias transversales a varios sectores de la actividad económica.

b) Programas de formación transversales dirigidos a persona socias y trabajadoras de la economía social.

c) Programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras autónomas.

d) Programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33 por ciento.

e) Programas de formación vinculados a la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra.

Documentos asociados

Boletín: 22/01/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 15
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/03/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Modificación Descargar Documento