Subvención de inversiones que fomenten la igualdad de oportunidades.

Código de ayuda:

S11382/06

Norma:

RESOLUCIÓN 282/2006, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Antes de las inversiones (máx. hasta el 15/10/06). Para inversiones anteriores a esta convocatoria, hasta el 14/06/06.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover y fomentar la realización de inversiones en nuevas instalaciones de servicios y vestuarios diferenciados para hombres y mujeres, en aquellas empresas que no los tengan en sus centros de trabajo ya existentes, así como la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas, dotación de medios de protección personal o en adaptación de equipos de trabajo en relación con las personas discapacitadas.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 30 por 100 de la inversión realizada según lo establecido en la presente Base.
En ningún caso, el importe de la subvención superará la cantidad de 9.000 euros.

Esta subvención tiene carácter de "ayudas de mínimis" de acuerdo con lo establecido en el Reglamento 69/2001, de 12 de enero, de la Comisión, según el cual las ayudas totales de mínimis percibidas por las beneficiarias no deben exceder de 100.000 euros en el periodo de los tres años anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen durante el año 2006, en sus centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, las inversiones en capital fijo reguladas en la presente norma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos subvencionables serán las inversiones en activos fijos materiales relacionados con la nueva construcción de servicios, vestuarios u otras dependencias similares, diferenciados para hombres y mujeres o la adaptación de puestos o equipos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medidas de protección personal para las personas discapacitadas.

Requisitos:

1. Que empleen a menos de 100 trabajadores.
2. Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por faltas graves o muy graves, en materia de relaciones laborales, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que la presente convocatoria produzca sus efectos.
3. Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento