Subvención de acciones formativas dirigidas a personas ocupadas para su capacitación en nuevos perfiles TIC.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S03119/23

Norma:

RESOLUCIÓN 24736E/2022, de 30 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1.1. Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución en 2023 de acciones formativas dirigidas a personas ocupadas para su capacitación en nuevos perfiles TIC en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

1.2. Las acciones formativas impulsarán los perfiles necesarios en el ámbito del desarrollo de software y la implantación de soluciones (Customer Intelligence Analyst, Experto/a en Ciberseguridad, BIG Data Architect...) para adecuarse a las necesidades requeridas por el tejido empresarial y los servicios públicos de Navarra.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

2.1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las entidades de formación públicas o privadas, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación para impartir las especialidades formativas objeto de la subvención, debiendo disponer en la Comunidad Foral de Navarra, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación de la acción formativa, de instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Aquellas entidades que deseen impartir la formación en instalaciones diferentes a las inscritas deberán indicar, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación, las instalaciones o locales que utilizarán para la impartición y aportar el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad. En todo caso, dichas instalaciones deberán estar inscritas para las acciones formativas solicitadas en los mismos plazos que las de las entidades solicitantes.

2.2. No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/01/2023
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 5
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento