Subvencion de Servicios de Apoyo a la Internacionalizacion para el ejercicio 2007.

Código de ayuda:

S43928/07

Norma:

RESOLUCION 1109/2007, de 18 de abril.

Plazo de Solicitud:

Un mes a partir de la fecha de factura o firma del contrato. Excepto acciones realizadas en 2006: 18/06/07. Ver Bases.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de las subvenciones a Servicios de Apoyo a la Internacionalización. Mediante estos servicios se pretende acompañar a las empresas y agrupaciones en su proceso de internacionalización. Para ello, se proponen distintas acciones en las que, además del apoyo económico, se proporciona a los beneficiarios orientación adecuada a su situación, por parte de las instituciones o de profesionales homologados por éstas.

Los plazos de presentación de solicitudes serán los siguientes:

−Viajes de Promoción Exterior: un mes contado desde el día siguiente a la finalización del viaje.
−Promotores de Negocio y Gestores de Exportación a Tiempo Parcial: un mes contado desde el día siguiente a la firma del contrato.
−Bolsa de Jóvenes Profesionales de Comercio Exterior: un mes contado desde el día siguiente a la firma del contrato.
−Contratación de Asesoramiento Jurídico Mercantil: un mes contado desde el día siguiente a la fecha de la factura.
−Reflexión y Diversificación Estratégica para la Empresa Exportadora: un mes contado desde el día siguiente a la fecha de la factura.

No obstante lo anterior, las acciones subvencionables realizadas entre el 1 de noviembre de 2006 y la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, se presentarán en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a dicha publicación, concluyendo dicho plazo el día del mes siguiente equivalente al del día de la publicación.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas y agrupaciones de empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de subvención deberán ser realizadas entre el 1 de noviembre de 2006 y el 31 de octubre de 2007.

Los gastos subvencionables y su correspondiente importe de subvención son los siguientes:

1. Viajes de Promoción Exterior.

2. Promotores de Negocios.

3. Gestores de Exportación a Tiempo Parcial (GTP).

4. Contratación de Asesoramiento Jurídico Mercantil.

5. Bolsa de Jóvenes Profesionales de Comercio Exterior.

6. Reflexión y Diversificación Estratégica para la Empresa Exportadora (RYDE).

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiario, además de los requisitos generales del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos que se indican a continuación.
El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la presentación de los formularios que se señalan en la Base 4, y deberán mantenerse hasta el 31 de octubre de 2007.

1. En el caso de las empresas:

a) Radicar en la Comunidad Foral de Navarra.

b) Que su actividad esté encuadrada en alguna de las agrupaciones recogidas en la Sección Primera, del Anexo I, de la Ley Foral 7/1996, de 28 de mayo, por la que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal; exceptuando las siguientes:

−De la 63 a la 67.
−75 (salvo la 756).
−De la 81 a la 83.
−De la 85 a la 86.
−97 (salvo la 973).

Se acogerán, igualmente, las actividades correlativas a éstas recogidas en la Sección Segunda del mismo Anexo.

c) Las empresas que soliciten subvención por GTP libre deberán haber exportado en 2005 y 2006, al menos, 90.000 euros por año.
Están exentas de cumplir este requisito aquellas empresas que tuvieran a fecha 1 de diciembre de 2005 contratos en vigor, hasta la fecha de vencimiento de dichos contratos. De igual modo, estarán exentas de
cumplir este requisito las empresas turísticas (campings, hoteles, hoteles rurales, albergues turísticos, casas rurales y empresas de actividades turísticas).

d) Las empresas que soliciten subvención por Reflexión y Diversificación Estratégica para la Empresa Exportadora deberán haber exportado en 2005 y 2006, al menos, 90.000 euros por año o un 30% de
su volumen de ventas en cada uno de los dos años citados.

2. En el caso de las agrupaciones de empresas:

a) Estar ubicadas en Navarra. En el caso de que formen parte de la agrupación de empresas de otras Comunidades Autónomas, las ayudas serán proporcionales al número de empresas navarras que
participen en el grupo.

b) Tener personalidad jurídica, es decir, tratarse de Asociaciones o Consorcios exportadores no incluidos en el programa del ICEX.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 62
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento