Subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para la ejecución de programas dirigidos a la mejora de la competitividad y la internacionalización de las empresas, en el ejercicio 2019.

Código de ayuda:

S54928/19

Norma:

Decreto 250/2019, de 8 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Concesión directa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, para el desarrollo y ejecución en el ejercicio 2019 de los programas InnoCámaras, TICCámaras, Programa España Emprende y el Programa de Promoción Internacional, dirigidos a la mejora de la competitividad y la internacionalización de las empresas, en el ámbito de Castilla La Mancha.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

La corporación beneficiaria de la subvención será el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y
Servicios de Castilla-La Mancha, con N.I.F. G45458908.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa InnoCámaras. Es un programa que fomenta la adopción de la cultura de la innovación así como su integración en la gestión empresarial, hasta convertirla en herramienta estratégica que logre un crecimiento sostenido y mejore la competitividad entre las pequeñas y medianas empresas.

Se caracteriza por su orientación hacia las demandas específicas de las pequeñas y medianas empresas españolas, mediante el desarrollo de una metodología mixta de diagnóstico, apoyo en el proceso innovador y difusión del conocimiento.

b) Programa TICCámaras. Se efectúa un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de las pequeñas y medianas empresas, a fin de conocer la situación de la empresa destinataria en su entorno económico, aportándose recomendaciones de implantación de soluciones en el ámbito de las herramientas de productividad y gestión empresarial en la nube ( ERP, CRM, TPV, loT, Big Data, realidad virtual…), comercio electrónico (web, tienda online, pasarela de pagos, facturación electrónica, firma digital…), y marketing digital (posicionamiento web, email marketing, social media, aplicaciones móviles, loT…).

c) Programa España Emprende. Desarrolla un conjunto de actividades tanto presenciales como on line para el apoyo al emprendedor en todas las fases que componen la vida de la empresa: la gestación de la idea empresarial, creación y tramitación de la empresa, consolidación y, por último, su transmisión o cese.

d) Programa de Promoción Internacional. Este programa pone a disposición de las pymes que deseen iniciarse en la exportación las siguientes líneas de actuación:

1º Actividades de Promoción Internacional. Para facilitar la cercanía a potenciales clientes, a través de participación en ferias, misiones comerciales, misiones exposición, encuentros empresariales, misiones
inversas, visitas a ferias y otras actividades de promoción comercial internacional

2º Actividades de Sensibilización e Información. Para fomentar la cultura de la internacionalización entre las empresas y facilitar información para un mejor desarrollo de los procesos de internacionalización, a través de Foros, jornadas informativas, seminarios, talleres, actividades de información y análisis.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la Administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social.

b) No estar incursa la persona que ostente la representación legal de la corporación en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de ser entidad obligada por la normativa de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de iesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la concesión de la subvención.

d) No estar incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 202
Documento: Concesión directa. Descargar Documento