Subvención a organizaciones sindicales para la ejecución de proyectos sobre riesgos laborales.

Código de ayuda:

S22500/22

Norma:

RESOLUCIÓN 33E/2022, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el desarrollo de la cultura de la prevención de riesgos laborales en las empresas que tengan un centro de trabajo ubicado en Navarra, con el fin de reducir la siniestralidad laboral.

Es por ello que se prevé subvencionar a las organizaciones sindicales representativas en Navarra que realicen proyectos sobre la prevención de riesgos laborales dirigidos a las citadas empresa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las organizaciones sindicales con representatividad en Navarra que en el momento de solicitar la subvención reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán los proyectos para la prevención de riesgos laborales que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que incluyan acciones dirigidas a la sensibilización, asesoramiento e información en materia de prevención de riesgos laborales.

b) Que se desarrollen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2022.

Serán subvencionables los siguientes gastos comprendidos en los citados proyectos, que se facturen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2022:

a) Los gastos del personal técnico contratado por la entidad y directamente dedicado a la ejecución del proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo. El máximo subvencionable por este concepto será
de 50.000 euros de coste salarial por persona contratada todo el año a jornada completa, reduciéndose en proporción si no lo fuera todo el año o a jornada completa.

b) Los gastos de personal administrativo contratado por la entidad, en sus funciones de apoyo al proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo.

c) Los gastos de desplazamiento del citado personal para la realización de las acciones del proyecto, que se abonen a través de la nómina correspondiente.

d) Difusión de contenidos relacionados con las acciones del proyecto presentado, a través de materiales y medios de comunicación.

La difusión de dichos contenidos evitarán cualquier imagen discriminatoria de la mujer, fomentando la igualdad y la pluralidad de roles. Asimismo, se evitará el uso de un lenguaje sexista en toda la documentación elaborada en relación con el proyecto subvencionado.

No entra en este concepto gasto de personal.

Requisitos:

a) Que ostenten un 10 por 100 o más de representantes en empresas y Administraciones Públicas de Navarra, certificable por el Registro de Elecciones Sindicales de Navarra.

b) No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

c) No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su
caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Las entidades y empresas que estén en esta situación, podrán volver a ser beneficiarias de ayudas siempre que hayan cumplido con la sanción o la condena impuesta y hayan elaborado, en caso de ser exigible, un plan de igualdad en las condiciones previstas en la legislación vigente.

La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 12/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento