Subvención a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la formación y empleo, dirigidas a la realización de proyectos generadores de empleo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S16682/16

Norma:

Las Palmas 27 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para financiar proyectos encaminados a mejorar la empleabilidad de distintos
colectivos desempleados de la isla de Gran Canaria, para la realización de acciones de información,
orientación, asesoramiento, formación. Se valorarán aquellos proyectos que permitan una primera experiencia
profesional por parte de los beneficiarios y los que incidan en los nuevos yacimientos de empleo y
programas experimentales de empleo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un importe total máximo de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Jóvenes menores de 30 años, desempleados sin experiencia laboral.

b) Desempleados mayores de 35 años.

c) Personas desempleadas con dificultades funcionales, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública
que resulten incompatibles con la que se solicita.

c) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria, cuando hubiere estado obligado a ello.

Expresamente quedarán excluidos aquellos posibles beneficiarios que habiendo transcurridos los plazos
legalmente otorgadostengan pendientes de justificar pagos de subvención concedidas con anterioridad
por el Cabildo de Gran Canaria a la fecha del cierre de cada uno de los procedimientos establecidos en la presente convocatoria.

d) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no tener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con el Estado, Administración local y autonómica o pendientes de ingreso de responsabilidades civiles derivadas de delito contra la Hacienda Pública, salvo que se trate de deudas o sanciones aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.

e) Estar dado de Alta de Terceros en el sistema informático contable del Cabildo de Gran Canaria.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 64
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento