Subvención “Programa Global Mayores” a entidades sin ánimo de lucro que intervienen en el área de personas mayores para el año 2022.

Código de ayuda:

S17582/22

Norma:

ORDEN FORAL 65E/2022, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de abril de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro y domiciliadas en Navarra que intervienen en el área de personas mayores.

Así mismo, tiene por objeto subvencionar los programas de voluntariado realizados por
Entidades de Voluntariado de iniciativa social y del ámbito de servicios sociales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Clubs, Asociaciones de personas mayores y Federaciones de Asociaciones.

Entidades de Voluntariado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa Global de Clubs, Asociaciones de Personas Mayores y Federaciones de Asociaciones.

b) Programa de Voluntariado para entidades del ámbito de servicios sociales que actúan en el área de personas mayores.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.

b) Tener su domicilio social o delegación territorial en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el apartado 3 a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas únicamente a personas mayores a excepción de las Entidades de Voluntariado que soliciten subvención en la modalidad de voluntariado.

e) Las Entidades de Voluntariado tendrán como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas al voluntariado social y hallarse inscritas en el censo de entidades con programas de voluntariado, aprobado por Orden Foral 306/2014, de 13 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales, por la que se regula el censo de entidades con acción voluntaria.

f) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas g) Autorización a la administración, firmada por el representante de la Entidad, para el acceso a la información de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Así mismo, hallarse al corriente en el cumplimiento de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su caso, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

h) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad
subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 24/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 60
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento