Subvención Generazinema Exhibición 2022.
Código de ayuda:
S24746/22Norma:
ORDEN FORAL 27E/2022, de 17 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 23 de mayo de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular, en régimen de concurrencia competitiva, dos modalidades (A y B) de ayudas a salas de exhibición cinematográfica y complejos cinematográficos situados en Navarra para la programación de actividades de exhibición cinematográfica, que se realicen entre 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022,ambos inclusive.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejera de Cultura y Deporte (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Por modalidades, la distribución presupuestaria queda establecida de la siguiente forma:Modalidad A) Ayudas para programación cinematográfica de interés cultural en salas de cine de titularidad privada: 80.000 euros.
Modalidad B) Ayudas para programación cinematográfica de interés cultural para salas de cine de entidades locales: 30.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica. Estas entidades deberán tener su domicilio social o venir desarrollando su actividad en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 de enero de 2021. Además, deberán tener social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades de exhibición cinematográfica, gestionar una o varias salas o complejos de exhibición cinematográfica abiertas al público al menos desde el 1 de enero de 2021, con un sistema de taquilla y declaración de ingresos; y estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas yAudiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) del Ministerio de Cultura.
b) Entidades locales, sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales, fundaciones y sociedades públicas participadas mayoritariamente por entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra que sean titulares de salas de proyección de cine inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) del Ministerio de Cultura, o que tengan suscrito un contrato de arrendamiento con la entidad propietaria de la sala de cine.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán los gastos en los que incurra la empresa o profesional en el desarrollo del proyecto relativos a:a) Gestión de películas: Gastos por derechos de exhibición, de subtitulado de copias y de transporte de copias.
b) Edición de publicaciones: gastos de edición de los programas de las actividades programadas.
c) Comunicación y prensa: Gastos de contratación específica de agentes de prensa y de comunicación y gastos de materiales para los medios de comunicación.
d) Publicidad y difusión: Gastos de campañas publicitarias, de cartelería y material promocional.
e) Invitados: Gastos de alojamiento, manutención (comida/cena) y desplazamientos, limitados a las condiciones a continuación recogidas:
Alojamiento: solo si vienen de fuera de Navarra y con un máximo de 75 euros por pernoctación (la factura deberá recoger el nombre la persona que pernocta).
Manutención: Máximo de 40 euros por persona y día (solo para comidas y cenas). En la relación de facturas se debe reflejar el número de personas a las que corresponde el gasto.
Desplazamientos: En caso de utilizar vehículo propio, 0,33 euros por kilómetro. Si se utiliza un vehículo alquilado se considera gasto subvencionable el coste del alquiler y el combustible. En caso de utilizar avión, tren o algún otro transporte público, se abonará como máximo el importe del billete ordinario en clase turista.
f) Gastos destinados a la compra de material y/o servicios que sean obligatorios o recomendados por las autoridades sanitarias para la realización del proyecto objeto de subvención, con motivo de crisis generada por la pandemia del COVID-19.
g) Gastos derivados de la contratación de medios externos, tales como honorarios de profesionales, alquileres de equipos y medios materiales necesarios para la producción y ejecución del proyecto.
h) Gastos generales que, sin ser imputables al proyecto, son necesarios para que la actividad subvencionada se lleve a cabo. Estos gastos deberán ser incluidos en el presupuesto, y no podrán exceder del 10% del total del total de la suma de los importes recogidos en los apartados 5.1 a) hasta 5.1 g).
i) Costes salariales y seguridad social del personal contratado por la entidad beneficiaria directamente implicado en los trabajos que implican la puesta en marcha y ejecución del proyecto, en la medida proporcional a su dedicación. Estos costes no excederán el 25% del total de la suma de los importes recogidos en los apartados 5.1 a) hasta 5.1 g).
j) Gastos vinculados a la sostenibilidad y la conciliación:
Los gastos relacionados con planes de conciliación y sostenibilidad contratados a terceros.
Actividades de formación en materia de sostenibilidad.
Obtención de certificaciones de sostenibilidad por organismos reconocidos.
Contratación de proveedores de servicios de mensajería certificados como ecológicos.
Instalación de contenedores y puntos limpios que favorezcan el reciclaje y la reutilización.
Realización de acciones para la compensación del impacto ambiental de la actividad subvencionable.
Documentos asociados
Boletín:
22/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento