Subvención Fomento de la empresa digital de Navarra.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S20055/16

Norma:

Resolución 310E/2016, de 3 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por finalidad:

–Potenciar la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) por parte de las pymes (creación de nuevas páginas web, implantación de comercio electrónico y adopción de soluciones empresariales de cloud computing).

–Fomentar la adopción de soluciones TIC aplicadas a la gestión empresarial y a la “Fabricación Avanzada” (Industria 4.0), desarrolladas en cooperación entre una empresa cliente y una empresa proveedora tecnológica del sector TIC navarro.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política Económica y Empresarial (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El gasto total autorizado para la convocatoria es de 350.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas (empresarias y empresarios autónomos, sociedades mercantiles, cooperativas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con o sin personalidad jurídica) que, en el momento de presentar la solicitud de ayuda.

Requisitos:

a) Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

b) En función del proyecto a subvencionar, las empresas deberán ser:

–Microempresas o pequeñas empresas para los proyectos tipo A).

–Pymes para los proyectos tipo B).

–En el caso de los proyectos tipo C), la empresa cliente podrá ser pyme o gran empresa y la proveedora tecnológica deberá ser pyme y no estar vinculada con la anterior.

Para la determinación del tamaño de las empresas se estará a la definición de PYME de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

c) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, número 94, de 20 de mayo de 2013).

d) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre,de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 118
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 20/06/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 118
Documento: Bases y Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento