Subvención “Convocatoria General de Becas del Curso 2021/2022, para el alumnado que curse estudios universitarios”.

Código de ayuda:

S49164/21

Norma:

RESOLUCIÓN 101E/2021, de 31 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de la subvención Convocatoria General de Becas del Curso 2021/2022, para el alumnado que curse estudios universitarios.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Universidad (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

La persona solicitante y los restantes miembros computables de la unidad familiar deberán reunir los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Matrícula.

Residencia.

Transporte.

Comedor.

Expediente académico.

Extraordinaria.

Ayuda a la digitalización.

Requisitos:

Estar empadronados y residir en Navarra al menos desde el 1 de enero de 2020 y continuar estándolo en el momento de solicitar la beca.

Ser contribuyentes por el I.R.P.F. en Navarra en el año 2020, en el supuesto de que se esté obligado a realizar la declaración de la renta.

El estudiante que solicita la ayuda deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para con la Administración de la Comunidad Foral.

Ningún miembro computable de la unidad familiar deberá tener pendiente de devolución, a 31 de octubre de 2021, los importes correspondientes a becas o ayudas de cursos anteriores.

Haber solicitado beca al Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2021-2022, cuando se reúnan las condiciones requeridas para ello de acuerdo a las bases reguladoras de la convocatoria, y que no haya sido denegada por las siguientes causas:

No cumplir los plazos establecidos en dicha convocatoria para la presentación de documentos.

No consignar en la solicitud los datos básicos o no haber aportado la documentación necesaria para la resolución de la misma, pese a haberle sido requerida.

En los casos en que la persona solicitante alegue su independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente:

o los medios económicos propios suficientes, que permitan dicha independencia.

o la titularidad o el arrendamiento de la vivienda que constituya su domicilio que, a todos los efectos de esta convocatoria, será en la que el alumno habite durante el curso escolar.

o el empadronamiento y convivencia referido al 2020, en el Ayuntamiento correspondiente al domicilio.

A los efectos de esta convocatoria, se considera que el solicitante tiene la condición de
independiente cuando sea el único miembro de una unidad familiar.

Documentos asociados

Boletín: 27/09/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 226
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 27/09/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 226
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento