Subvención “Ayudas en el área de inclusión social para la atención de las necesidades alimentarias de laspersonas”.

Código de ayuda:

S44082/15

Norma:

ORDEN FORAL 6E/2015, de 28 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de noviembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar proyectos de inclusión social tendentes a la mejora de la cobertura de las necesidades alimentarias de personas en procesos de inclusión social, realizados por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito relacionado con el objeto de la convocatoria.

d) Tener su domicilio social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Los proyectos para los que se solicite la subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser adecuados a los objetivos y finalidades contenidos en la Base 1.ª de esta Convocatoria; y a los principios del artículo 2.º de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

b) Realizar las actividades en 2015. Se entenderá como fecha de inicio la de la Resolución de concesión, salvo comunicación expresa por parte de la Entidad beneficiaria de fecha anterior, siempre dentro del año natural de la convocatoria.

c) Los costes indirectos a los que se hace referencia en la Base 6.ª presupuestados y aplicados a la subvención no podrán ser superiores al 10% de la misma.

d) El importe máximo subvencionable será de 20.350,00 euros.

Documentos asociados

Boletín: 23/10/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 211
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento