Subvención “Ayudas a la enseñanza del euskera para adultos en el periodo de octubre a diciembre de 2015”.

Código de ayuda:

S46173/15

Norma:

RESOLUCIÓN 5E/2015, de 4 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de noviembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a las entidades jurídicas (Euskaltegi, Gau-eskola u otras), radicadas en la Comunidad Foral de Navarra, promotoras de la enseñanza de euskera para adultos.

Se entenderá por euskaltegi, gau-eskola u otras la estructura de medios humanos y materiales, de titularidad privada o pública, creada específicamente y dirigida a la alfabetización y euskaldunización de adultos que sea clasificada e inscrita como tal en el registro de centros subvencionados de enseñanza de adultos. Dicha inscripción la realizará Euskarabidea previa solicitud de la entidad.

Las subvenciones se concederán para los cursos de euskera correspondientes al periodo de octubre a diciembre de 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las entidades jurídicas (Euskaltegi, Gau-eskola u otras), radicadas en la Comunidad Foral de Navarra, promotoras de la enseñanza de euskera para adultos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los cursos objeto de esta modalidad de subvención serán:

a) Ordinarios de carácter presencial con un mínimo de 4 horas lectivas semanales y una duración mínima de 120 horas por todo el curso lectivo. Los cursos intensivos presenciales tendrán un mínimo de 60 horas
lectivas.

b) Internados, con un mínimo de 70 horas por curso, de las cuales al menos 60 serán horas lectivas.

c) Cursos impartidos por medios telemáticos que contemplen un mínimo de 120 horas de trabajo por curso de las que 15 horas serán de conversación. (6 horas de trabajo telemático y 1 de conversación a la
semana).

d) Otros cursos, análogos a los anteriores, a aprobar por la Comisión Técnica de Valoración.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 224
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento