Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2023.

Código de ayuda:

S05582/21

Norma:

ORDEN de 19 de febrero de 2015. ORDEN AGM/172/2021, de 11 de marzo. ORDEN AGM/177/2022, de 24 de febrero. ORDEN AGM/328/2023, de 22 de marzo. ORDEN AGA/154/2024, de 15 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta 31 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto convocar las ayudas de la solicitud única para el año 2023, que está integrada por las solicitudes de ayudas a las rentas agrarias, las solicitudes de subvenciones de determinadas intervenciones del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) y algunas de las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014- 2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Agricultores y ganaderos, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) En materia de agricultura:

1.º La ayuda del régimen de “pago básico”.

2.º El pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

3.º La prima complementaria a jóvenes agricultores.

4.º La ayuda asociada al cultivo del arroz.

5.º La ayuda asociada a los cultivos proteicos.

6.º La ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas.

7.º La ayuda asociada a las legumbres de calidad.

8.º La ayuda asociada al tomate de industria.

b) En materia de ganadería:

9.º La ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.

10.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

11.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

12.º La ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

13.º La ayuda asociada para las explotaciones de caprino.

14.º La ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche, vacuno de cebo y, ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago base.

c) En materia de agricultura y ganadería.

15.º El régimen simplificado para pequeños agricultores.

Otros programas:

16.º Los pagos a zonas con limitaciones naturales.

17.º Las solicitudes para los costes de mantenimiento y las primas compensatorias de las subvenciones en materia de forestación de tierras agrícolas.

18.º Las ayudas para medidas de agroambiente y clima, la agricultura ecológica, la Red Natura 2000 y de la Directiva Marco del Agua, del PDR para Aragón 2014-2020, y otras ayudas del Programa de Desarrollo Rural, cuyas condiciones específicas de tramitación y concesión están recogidas en la Orden de 18 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las
bases reguladoras de las ayudas en materia de agroambiental y clima, las de agricultura ecológica, así como de los pagos al amparo de la Red Natura 2000 y de la Directiva Marco del Agua, en el ámbito del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

19.º La declaración de los agricultores que no soliciten ayuda con arreglo a un régimen de ayuda por superficie, pero sí lo hagan con arreglo a los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión de viñedo.

20.º La declaración de los agricultores que únicamente tengan obligaciones del régimen de condicionalidad, los tres años siguientes a haber solicitado el pago de la ayuda recibida en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión de viñedo.

21.º La declaración de superficies de cultivos de frutas y hortalizas por parte de los socios de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (en adelante OPFH) en la que están integrados.

22.º La declaración de superfcies forestadas al amparo de los Reglamentos (CEE) número 2080/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales de la agricultura, Reglamento (CE) n.º 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

23.º Los productores que deseen la inscripción en el Registro de Agricultores y Ganaderos de Aragón establecido en el Decreto 85/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de Agricultores y Ganaderos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

24.º También declararán la integridad de la explotación aquéllos interesados que deseen acogerse a la subvención de parte del coste de contratación de algún seguro agrario, conforme determina la Orden DRS/973/2016, de 22 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Aragón a la contratación de los seguros agrarios, así como las
líneas de seguro a las que desean acogerse para lo cual dispondrán de la información correspondiente.

25.º En virtud de la normativa por la que se regula el reconocimiento como agrupación para tratamientos integrados en agricultura (ATRIAS), conforme al Decreto 9/2019, de 15 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en la Agricultura en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la Orden DRS/346/2016, de 7 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para la creación de grupos y redes en el ámbito de la sanidad vegetal y el control integrado de plagas en el marco del PDR Aragón, los socios de las ATRIAS deberán declarar las superficies de los cultivos con mención expresa de las agrupaciones a las que pertenezcan.

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