Se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el apoyo a la consolidación y continuidad de la empresa familiar, y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2006.

Código de ayuda:

S28328/06

Norma:

Resolución de 25 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de ayudas de apoyo a la consolidación y continuidad de la
empresa familiar en el Principado de Asturias, que se adjuntan a la presente Resolución, en su anexo I.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, en régimen de concurrencia competitiva, a planes de sucesión promoviendo en concreto la elaboración, previa realización de un diagnóstico empresarial al efecto, de Protocolos Familiares en el que se regulen las relaciones profesionales, económicas y familiares en la empresa con la finalidad de asegurar su continuidad a través de sucesivas generaciones familiares o de las Asesorías Externas para la profesionalización de la gestión de la empresa.

2. Convocar para este ejercicio 2006 y en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las citadas
ayudas.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Otras

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones podrán ser de hasta el 50% en términos de subvención bruta de los costes elegibles, sin que en ningún caso la subvención aprobada pueda superar el límite de 15.000 euros. Para este cálculo
será excluido el importe satisfecho en concepto de IVA susceptible de recuperación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes bases las empresas de carácter familiar con domicilio social en Asturias entendiendo como tal las siguientes situaciones:

• Empresarios autónomos que ejerzan una actividad empresarial o profesional de la que provengan más del
50% de sus rendimientos empresariales, profesionales, y del trabajo.

• Aquellas entidades de carácter mercantil en las que una persona física tenga de forma individual una participación del al menos el 50% del capital social, siempre que ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración.

• Entidades de carácter mercantil en las que un grupo familiar formado por los cónyuges, ascendientes, descendientes o y colaterales, hasta el tercer grado incluido, tengan conjuntamente una participación societaria de al menos un 50% siempre que un miembro del grupo familiar ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En la presente convocatoria de ayudas, podrán ser considerados susceptibles de subvención los costes realizados y facturados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Las líneas de acción susceptibles de recibir subvención, cuyo asesoramiento deberá ser realizado por una consultora externa o profesionales de reconocido prestigio, deberán desarrollarse en el ámbito de las actuaciones que a continuación se indican:

1. Asistencia para sucesión de empresa familiar (protocolo familiar).

Gastos subvencionables:
— Gastos de asesoramiento externo derivados de la elaboración de un Protocolo Familiar. Este asesoramiento podrá realizarse en dos fases:

a) Diagnóstico previo de la situación de la empresa desde una perspectiva económica, legal y de estructura de parentesco familiar, con un coste elegible máximo de 3.000 euros.

b) Si de este diagnóstico se concluye la viabilidad de consenso para la redacción y el otorgamiento del Protocolo Familiar, se elaborará el mismo según el contenido básico establecido en la tercera, Anexo I.

2. Asistencia para sucesión empresa familiar (profesionalización en la gestión).

Gastos subvencionables:
Asesoramiento externo para el diseño y ejecución de la profesionalización de las empresas familiares en los siguientes aspectos:
• Profesionalización en cuanto a métodos y sistemas de gestión en todas las áreas operativas.
• Profesionalización en cuanto a las personas, con la incorporación de directivos no familiares.
• Búsqueda de socio financiero. Capital de sustitución, inversión destinada a ocupar el lugar de los accionistas, generalmente pasivos para dar un empuje a la empresa.

Requisitos:

Las condiciones para ser beneficiarios de estas ayudas deberán mantenerse tanto en la presentación de la solicitud, como en el momento de la concesión, en el del pago y en general a lo largo del proceso de tramitación de la ayuda hasta su liquidación.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 110806
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento