Se convocan subvenciones destinadas a Corporaciones Locales para la realización de Acciones de Formación dirigidas a Inmigrantes, en desarrollo del Acuerdo para la Integración Social y Laboral y el Acceso al Empleo de la población Inmigrante en Castilla y León.

Código de ayuda:

S45855/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2006. RESOLUCION de 7 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a las corporaciones locales para la realización de acciones de formación, en desarrollo del Acuerdo para la integración social y laboral y el acceso al empleo de la población inmigrante en Castilla y León, y en ejecución del convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Castilla y León para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas a promover la acogida, la integración y el refuerzo educativo de personas inmigrantes.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste del programa, sin que en ningún caso se supere el importe de la inversión, gasto o actividad a desarrollar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, las Entidades y Corporaciones Locales de Castilla y León que realicen las acciones previstas en el apartado noveno, que reúnan los siguientes requisitos:

• El programa formativo objeto de subvención no podrá ser superior en su conjunto a un total de mil horas.
• La Corporación Local deberá acreditar los medios personales y materiales suficientes para asegurar la calidad así como la viabilidad del proyecto.

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Corporaciones Locales de Castilla y León en quiénes concurran alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos se deberán cumplimentar las declaraciones incluidas en el reverso de la solicitud.

Destinatarios:

Población inmigrante en Castilla y León, bien desempleados inscritos como demandantes en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León o bien personas ocupadas. No se consideran, a estos efectos, inmigrantes las personas que tengan dos nacionalidades, siendo una de ellas la nacionalidad española.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Este programa tiene por finalidad conseguir la formación de la población inmigrante residente en la Comunidad de Castilla y León, con el fin de potenciar la inserción laboral, propiciar el reciclaje y perfeccionamiento profesional, así como mejorar las condiciones sociales y culturales de partida.
Estas acciones se realizan en desarrollo del Acuerdo para la Integración socio-laboral y el acceso al empleo de la población inmigrante.

Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria, acciones de formación profesional ocupacional para inmigrantes, así como módulos de formación en habilidades sociales básicas.
Estos programas supondrán el desarrollo de actividades de impartición de acciones de formación en habilidades sociales y de formación profesional ocupacional a personas que han recibido formación reglada
en sus países de origen, como herramienta para la transición al empleo en nuestro país.

Con carácter general los cursos estarán previstos para un número de 10 personas.
Excepcionalmente podrán realizarse cursos con un número menor de alumnos.

Serán subvencionables los siguientes gastos:
a) Salarios del profesorado y técnicos, incluidos los relativos a dirección, coordinación y administración.
b) Gastos por desplazamiento del profesorado y técnicos, desde el municipio de su centro de trabajo al del lugar de realización de la acción, por una cuantía de 0,17 €/Km.
c) Gastos por desplazamiento de los inmigrantes desde el municipio de su residencia habitual hasta el municipio en que se desarrolle la acción, por una cuantía de 0,17 €/Km., así como los gastos de transporte
urbano, dentro del mismo municipio, si ello fuera necesario.
d) Seguro de accidentes y responsabilidad civil.
e) Material didáctico necesario para la formación.
f) Alquiler y leasing de equipos.
g) Amortización de equipos.
h) Material de oficina e informático no inventariable.
j) Guardería y custodia de hijos de destinatarios inmigrantes.
k) Gastos corrientes y de gestión (teléfono, fax, luz, correo y otros suministros o servicios exteriores necesarios para la actividad).
l) Alquiler y leasing de edificios y locales.
m)Publicidad.
n) Otros gastos que se consideren necesarios y que no se encuentren especificados siempre que sean conformes con cada tipo de acción.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 224
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/07/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 136
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento