Se convocan, para el año 2007, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigaciónreconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de nuevos grupos de investigación.

Código de ayuda:

S01964/07

Norma:

ORDEN de 28 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Las 14 horas del día 31 de enero de 2007.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar, para el año 2007, las subvenciones a la actividad investigadora realizada por los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como establecer las reglas para el reconocimiento de nuevos grupos de investigación.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los centros u organismos de investigación que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por la
Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón al amparo de las Ordenes de 23 de diciembre de 2004 y de 27 de diciembre de 2005, ambas del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, por las que se convocaron subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecieron medidas para el reconocimiento de nuevos grupos de investigación, o al amparo de la presente convocatoria y dentro de la tipología prevista en el apartado cuarto.

Los grupos de investigación se entenderán adscritos al centro u organismo de investigación con personalidad jurídica propia que desarrolle su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón y al que pertenezca el investigador responsable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones previstas en esta Orden se destinarán a financiar la actividad investigadora realizada en el año 2007 por los centros u organismos de investigación a través de los grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que respondan a la actividad investigadora de los citados grupos de investigación y que deriven de los siguientes conceptos:

—Comercialización y protección de resultados.
—Personal técnico y auxiliar de investigación.
—Costes de participación y cooperación en proyectos de investigación con otros grupos.
—Gastos derivados del uso de instalaciones o servicios de soporte.
—Material fungible.
—Pequeño material inventariable, entendiéndose como tal el material que tenga un coste unitario inferior a 2.500 euros.
—Viajes y dietas relacionadas directamente con la actividad del grupo de investigación.
—Gastos derivados de la publicación de resultados.
—Otros gastos corrientes, debidamente justificados, relacionados directamente con la actividad de investigación, como por ejemplo gastos derivados de servicios externos de preparación y presentación de propuestas de proyectos de investigación a programas internacionales o a programas nacionales de gran envergadura.

No serán susceptibles de ayuda las retribuciones de personal fijo vinculado funcionarial o contractualmente a los centros solicitantes.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 2
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento