Se convocan ayudas especificas para la realizacion de acciones y proyectos formativos que se integran en el Plan de Formacion e Insercion Profesional de la Comunidad Autonoma de Aragon para 2007.

Código de ayuda:

S57464/07

Norma:

ORDEN de 25 de julio de 2007. Decreto 51/2000, de 14 de marzo. Decreto 2/2003, de 14 de enero.

Plazo de Solicitud:

El plazo para la presentación de solicitudes de programación será hasta el 11/09/07.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas para la realización de acciones y proyectos formativos que se integran en el Plan de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2007, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en el Decreto 51/2000, de 14 de marzo y en la Orden de 21 de abril de 2005, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán participar en el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, siempre que acrediten suficiente capacidad técnica y material para la ejecución de acciones docentes, las siguientes entidades:

a) Las personas físicas o jurídicas y las instituciones que dispongan de centros de formación inscritos en el Registro de Centros Colaboradores de la Diputación General de Aragón y a través de los cuales desarrollen
acciones formativas de Especialidades Homologadas en sus centros de las contempladas en el art. 2.2.2) del presente Decreto y/o a través de Especialidades Homologadas y Proyectos Formativos afines a las mismas en el resto de acciones formativas a que se refiere el art. 2.2. del mismo.
b) Las empresas que deseen formar a su propio personal así como a trabajadores de próxima incorporación a su plantilla, ejecutando proyectos formativos. En este último caso, cuando la empresa desee incorporar nuevos trabajadores, existirá el compromiso expreso por parte de la misma de contratar a un mínimo del 50 % de los alumnos formados, teniendo preferencia para participar en las mencionadas acciones formativas los alumnos demandantes de primer empleo.
c) Las organizaciones empresariales o sindicales más representativas previa suscripción de un contrato programa de carácter plurianual.
d) Las entidades públicas o privadas, Universidad de Zaragoza, y las Organizaciones Empresariales o Sindicales más representativas con los que se haya suscrito un convenio de colaboración, siempre que las
acciones se desarrollen a través de centros autorizados.

De igual forma se considerarán destinatarios de las acciones de formación programadas, a los alumnos que cumplan con los requisitos de participación en cada uno de las programas anteriormente mencionados, así como los requisitos particulares de cada una de las acciones formativas.

Los centros colaboradores que participen en esta convocatoria solo podrán solicitar acciones o proyectos formativos relacionados con la/las familias profesionales en las que están homologados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones y proyectos formativos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad reforzar la estabilidad en el empleo, la inserción laboral de los desempleados, el desarrollo socioeconómico del medio rural a través de la formación profesional, la atención a personas con especiales dificultades de inserción y la incorporación de la mujer al mercado de trabajo.

Las acciones y proyectos formativos subvencionables están dirigidas a atender necesidades formativas no cubiertas por otros sistemas formativos. Las especialidades formativas objeto de esta convocatoria son exclusivamente las que vienen reflejadas en el Anexo I.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2000
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 34
Documento: Plan Descargar Documento
Boletín: 29/01/2003
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 11
Documento: Modificación Plan Descargar Documento
Boletín: 30/07/2007
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 90
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento