Se convocan ayudas a las organizaciones profesionales agrarias de las Illes Balears para el fomento de la contratación de trabajadores inmigrantes en el sector agrario, correspondientes al año 2006.

Código de ayuda:

S04019/06

Norma:

Resolución 1455 de 27 de enero de 2006. Orden 4537 de 10 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas, correspondientes al año 2006, para financiar parcialmente las actividades encaminadas al fomento de la contratación de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en el sector agrario que lleven a cabo, directa o indirectamente, las organizaciones profesionales
agrarias de las Illes Balears en el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2006, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero,
publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 43, de 17 de marzo de 2005.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas a percibir por los beneficiarios vendrá determinada por el número de trabajadores inmigrantes contratados por un período máximo de nueve meses, cuya gestión de la contratación, así como las actividades a las que hace referencia el apartado cuarto de esta Resolución, hayan sido realizadas, directa o indirectamente, por la organización profesional agraria beneficiaria, a razón de 90 euros por persona contratada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria, las organizaciones profesionales agrarias de las Illes Balears, constituidas legalmente, que lleven a cabo, directa o indirectamente, las actuaciones previstas en el apartado cuarto de la presente Resolución, y que cumplan con los restantes
requisitos previstos en el artículo 2 de la citada Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actuaciones subvencionables

Podrá ser subvencionada la realización de las siguientes actividades:

a) Coordinación de la contratación de personal para las campañas correspondientes:
- Análisis de las necesidades empresariales del sector agrario.
- Selección de trabajadores en el país de origen.
- Gestión, organización y coordinación de los viajes de ida y vuelta de los trabajadores.
- Creación de bolsas de trabajo.
- Gestión y tramitación de los permisos de trabajo correspondientes.

b) Orientación y asesoramiento sociolaboral:
- Información a los trabajadores de las condiciones laborales.
- Información y asesoramiento a los empresarios respecto a la contratación de trabajadores inmigrantes.
- Formalización de la documentación conveniente en el ámbito laboral.
- Formación profesional.

c) Gestión de alojamientos:
- Asesoramiento a los empresarios respecto a las condiciones higiénico- sanitarias que han de reunir los alojamientos puestos a disposición de los trabajadores inmigrantes.
- Seguimiento del estado y observancia de las condiciones higiénicosanitarias de los alojamientos y, en su caso, elaboración de informes al respecto.

d) Apoyo a la integración:
- Realización de campañas formativas relativas a las relaciones humanas, manejo de maquinaria agrícola, técnicas de cultivo y cosecha, manipulación de productos, etc.
- Seguimiento de la adaptación a la sociedad de acogida.
- Apoyo a la resolución de conflictos laborales y/o personales.


Alos efectos de lo que se prevé en la presente Resolución, sólo serán objeto de subvención las actuaciones de las organizaciones profesionales agrarias orientadas al fomento de la contratación temporal o de campaña en la agricultura (por un período no superior a nueve meses) de trabajadores extranjeros
de régimen no comunitario en los términos establecidos en el correspondiente Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se determina el contingente de trabajadores extranjeros de régimen comunitario en España. La contratación de dichos trabajadores tendrá que realizarse conforme a lo establecido en el vigente
convenio colectivo del sector ‘trabajo en el campo’ de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/02/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 18
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento