SUBVENCIONES: para el apoyo al pequeño comercio en municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores de La Rioja de 300 o menos habitantes.

Código de ayuda:

S13846/26

Norma:

Orden EIE/32/2025, de 2 de junio. Resolución 201/2026 de 7 mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al mantenimiento de pequeños locales en los que se lleven a cabo actividades comerciales, o actividades de venta ambulante en camiones-tienda, que presten servicios en aquellos municipios, núcleos de población separados del municipio principal o entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho a 1 de enero del año anterior a la publicación de la correspondiente convocatoria, con arreglo a las cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística, sea de 300 o menos habitantes.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta un 70% de los gastos relacionados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos de inversión destinados a la mejora o rehabilitación del inmueble, o medio de transporte en caso de venta ambulante, en el que se lleve a cabo la actividad comercial, que tengan lugar en los doce meses anteriores a la finalización del plazo establecido en la correspondiente convocatoria para presentar la justificación.

Requisitos:

a) Realizar una actividad de comercio en alguno de los municipios de la Comunidad Autónomo de La Rioja con 300 o menos habitantes.

b) Estar dada de alta en el código CNAE 47.2; Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados

c) Cumplir con los requisitos para ser considerada pequeña empresa según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) no 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

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