Reintegro individual de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario.

Código de ayuda:

S58882/05

Norma:

Orden de 20 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

20 días naturales antes del comienzo de la actividad.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento para el reintegro individual de gastos derivados de asistencia a actividades de formación no organizadas por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, o los centros de formación y recursos dependientes de la misma que se desarrollan en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el resto del territorio español, o en el extranjero, y que comiencen entre los días 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006.

En ningún caso se concederán reintegros para la asistencia a actividades de formación de carácter reglado que conduzcan a la obtención de un título, así como para actividades de formación inherentes a estudios reglados.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los profesores de niveles no universitarios, con destino en centros docentes públicos dependientes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en equipos de orientación específicos y los profesores adscritos a los centros de formación y recursos así como a los miembros de la Inspección educativa dependientes de esta comunidad y siempre que para la asistencia a la misma actividad no perciban ayudas de ningún tipo y que no recibiesen reintegros individuales en las dos últimas convocatorias (años 2004 y 2005).

Asimismo, no se concederán reintegros a aquellas personas que esten disfrutando de licencia por estudios durante el período de realización de la actividad de formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los reintegros se concederán para actividades de formación, cursos, jornadas, encuentros, conferencias, congresos y otras análogas, directamente relacionadas con la disciplina, área, ciclo o especialidad que imparta el solicitante, y según los siguientes tipos y límites que se indican:
Tipo I, en la Comunidad Autónoma de Galicia, hasta un máximo de 300 euros.
Tipo II, en el resto del territorio español, hasta un máximo de 510 euros.
Tipo III, en el extranjero, hasta un máximo de 1.021 euros.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Regulación para 2006 y Anexos Descargar Documento