Proyectos dirigidos a la atención de menores en el marco del Proyecto URBAN.

Código de ayuda:

S15819/04

Norma:

Convocatoria de 5 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La selección de un número limitado de proyectos de intervención educativa con menores empadronados en la zona URBAN, ejecutados por entidades sin ánimo de lucro, que se recogerán en un convenio de colaboración.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Según las características de los programas:
— Trabajar exclusivamente con menores empadronados en la zona URBAN.
— Favorecer la integración del menor en su ámbito escolar.
— Implicación de las madres y los padres de cada adolescente en el desarrollo y seguimiento de la marcha del programa haciéndoles partícipes de los objetivos y actividades.
— Potenciar en los adolescentes buenos hábitos ciudadanos.
— Fomentar el uso de los recursos culturales de la ciudad.
— Fomentar los hábitos deportivos y la integración en asociaciones deportivas de la zona.

Todos los programas deben tratar las políticas transversales de URBAN, las cuales deben concretarse de forma expresa en el proyecto:
— Modo en que se aplicará el principio de igualdad de oportunidades.
— Actuaciones para favorecer hábitos medioambientales.
— El uso de instrumentos que favorezcan el conocimiento de las nuevas tecnologías.

Los proyectos seleccionados participarán en las actuaciones promovidas por URBAN en estos ámbitos.
Las actuaciones se desarrollarán en su entorno habitual y de la ciudad.

Requisitos:

— Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón.
— No tener deudas vencidas y liquidadas pendientes de pago con las Administraciones Públicas.
— Tener justificadas todas las ayudas anteriores concedidas por el Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 129
Documento: Convocatoria Descargar Documento