Proyectos de innovación FEMP.

Código de ayuda:

S64228/20

Plazo de Solicitud:

Todo el año o hasta agotamiento de fondos FEMP.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayuda a proyectos de innovación de empresas del sector pesquero y acuicultura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.

Los proyectos tendrán una duración de 12 a 36 meses.

Subcontratación de un organismo de investigación por, al menos, el 5% del presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las ayudas del FEMP están destinadas a operadores del sector pesquero, entendidos como “persona física o jurídica que explota o posee una empresa dedicada a una actividad vinculada a cualquiera de las fases de las cadenas de producción, transformación, comercialización, distribución y venta al por menor de productos de la pesca y de la acuicultura”.

Los beneficiarios de las ayudas de CDTI serán empresas, que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, que operen en el sector pesquero, de acuerdo con la definición anterior (excluidos los empresarios individuales). Estas empresas podrán tener la consideración de PYME1 o gran empresa. En concreto, los beneficiarios serían para cada línea:

- Innovación en el sector pesquero: empresas de los sectores de pesca extractiva, de transformación y comercialización. En el caso de empresas del sector de transformación, únicamente se consideran beneficiarias las Pymes.

- Innovación relacionada con la conservación de los recursos biológicos marinos: empresas del sector de pesca extractiva.

- Innovación desarrollada en el sector de la acuicultura: empresas del sector acuícola.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Proyectos de innovación en el sector pesquero que tengan como objetivo desarrollar o introducir productos y equipos nuevos o sustancialmente perfeccionados, procesos y técnicas nuevas o perfeccionadas, o sistemas de gestión y organización nuevos o perfeccionados, también en la transformación y la comercialización.

- Proyectos de innovación relacionada con la conservación de los recursos biológicos marinos que tengan como objetivo desarrollar o introducir nuevos conocimientos técnicos u organizativos que reduzcan los efectos de las actividades pesqueras en el medio ambiente, en particular mediante técnicas de pesca perfeccionadas y la selectividad de las artes, o que tengan por objetivo lograr un uso más sostenible de los recursos biológicos marinos y la coexistencia con los predadores protegidos.

El objetivo es contribuir a la eliminación gradual de los descartes y las capturas accesorias y facilitar la transición a una explotación de los recursos biológicos marinos vivos y reducir los efectos de la pesca sobre el medio ambiente marino y el impacto de los predadores protegidos.

En el caso de que en el proyecto participe un buque pesquero para la introducción y ensayo de los nuevos conocimientos técnicos o de organización, no se considerarán como costes elegibles los relativos a dicha
participación, si la misma supone la generación de ingresos procedentes de la primera venta del pescado y el marisco capturados.

- Proyectos de innovación desarrollados en el sector de la acuicultura que tengan como objetivo:

a) el desarrollo de conocimientos técnicos, científicos u organizativos en las explotaciones acuícolas, que reduzcan el impacto en el medio ambiente, reduzcan la dependencia de la harina y el aceite de pescado, impulsen un uso sostenible de los recursos en la acuicultura, mejoren el bienestar de los animales o faciliten nuevos métodos de producción sostenible;

b) el desarrollo o introducción en el mercado de nuevas especies acuícolas, productos nuevos o sustancialmente perfeccionados, procesos nuevos o perfeccionados, o sistemas de gestión y organización nuevos o perfeccionados;

c) el estudio de la viabilidad técnica o económica de productos o procesos innovadores.

Requisitos:

a) No haber cometido una infracción grave con arreglo al artículo 42 del Reglamento (CE) Nº 1005/2008 o al artículo 90, apartado 1 del Reglamento (CE) Nº1224/2009.

b) No haber estado involucrados en la explotación, gestión o propiedad de buques pesqueros incluidos en la lista de buques INDNR de la Unión contemplada en el artículo 40, apartado 3, del Reglamento (CE)
Nº1005/2008 o de buques que enarbolen el pabellón de países considerados terceros países no cooperantes según se establece en su artículo 33.

c) No haber cometido infracciones graves de la PPC (Política Pesquera Común).

d) No haber cometido alguno de los delitos establecidos en los artículos 3 y 4 de la Directiva 2008/99/CE, cuando se presente una solicitud de ayuda con arreglo al título V, capítulo II del Reglamento (UE) nº 508/2014 (proyectos de innovación desarrollados en el sector de la acuicultura).

e) No haber cometido un fraude en el marco del FEP (Fondo Europeo de la Pesca) o el FEMP.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 1
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento