Proyectos de gasificacion en la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S39028/13

Norma:

ORDEN 37/2013, de 11 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de ayudas a los proyectos de gasificación que se consideren prioritarios de acuerdo con los criterios de selección de de instalaciones de distribución de gas natural y de almacenamiento y canalización de gas licuado del petróleo (GLP) en la Comunitat Valenciana que sean propuestos por operadores energéticos habilitados para el ejercicio de estas actividades.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se determinarán en función del presupuesto presentado por el solicitante, con los siguientes límites:

– Hasta el 15 % del presupuesto, cuando se trate de proyectos que se realicen en la provincia de Alicante.

– Hasta el 10 % del presupuesto, cuando se trate de proyectos que se realicen en la provincia de Castellón.

– Hasta el 15 % del presupuesto, cuando se trate de proyectos que se realicen en la provincia de Valencia, quedando excluidas las ciudades de Valencia y Mislata del ámbito de aplicación del presente régimen de ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los operadores energéticos habilitados para el ejercicio de las actividades a que se refiere el
artículo 1 que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y su desarrollo reglamentario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Plantas satélite de gas natural licuado (GNL) que alimenten a una red de distribución, siempre y cuando disten más de 2.000 m de una red de distribución de gas natural en servicio.

2. Gasoductos de gas natural con presión máxima de diseño igual o inferior a 16 bares que tengan por objeto conducir el gas a más de un consumidor desde una red existente, o desde una planta satélite de GNL de las indicadas en inciso anterior, que alimenten a núcleos de población o zonas industriales.

3. Instalaciones de almacenamiento y gasificación de gas licuado del petróleo (GLP) que alimenten a una red de distribución, incluido el tramo de canalización desde el almacenamiento hasta el punto final desde el que se alimenten núcleos de población o zonas industriales.
Estas instalaciones estarán diseñadas para ser compatibles con la distribución de gas natural.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas en crisis a efectos de las directrices comunitarias sobre ayudas de Estado de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7135
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento