Programas destinados a la Integración Laboral de Personas con Discapacidad.

Código de ayuda:

S15955/05

Norma:

Orden de 8 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento administrativo para la concesión de las subvenciones a otorgar por el SEF durante el año 2005 con la finalidad de fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad y estimular su contratación por empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito de la Región de Murcia.

Los programas contemplados son los siguientes:
Programa 1. Integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
Programa 2. Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad.
Programa 3. Integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Programa 1:
a) Los titulares de Centros Especiales de Empleo ubicados en esta Comunidad Autónoma, e inscritos como tales en el Registro Administrativo de la Región de Murcia.
b) Las entidades promotoras que, aún pendientes de calificación definitiva (y condicionado a su obtención antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes), hayan solicitado la creación de un centro especial de empleo.

Programa 2:
Los Centros Especiales de Empleo, generados, bajo cualquier forma jurídica, exclusivamente por entidades sin fines de lucro, que constituyan un “enclave laboral” y cumplan las siguientes condiciones:
a) Hallarse inscritos como tales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, y Real Decreto 2273/1985, de 4 de Diciembre, al menos seis meses.
b) Haber desarrollado su actividad de forma continuada en los seis meses anteriores a la formalización del contrato de arrendamiento de servicios a que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, antes citado.
c) No tener como única actividad la realización de enclaves.

Programa 3:
Aquellas empresas que contraten trabajadores discapacitados para realizar su actividad en centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa 1:
- Creación de empleo estable en centros especiales de empleo.
a) Asistencia Técnica.
b) Inversión en Activos Fijos.
c) Subvención parcial de intereses de préstamos que se obtengan de entidades de crédito y que se destinen a la adquisición de activos fijos.
- Mantenimiento de puestos de trabajo.
a) Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
b) Subvención de Costes Salariales.
c) Eliminación de Barreras Arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo.
d) Subvención para Saneamiento Financiero.
e) Subvención al Equilibrio Presupuestario.
f) Asistencia Técnica al Mantenimiento de Empleo.

Programa 2:
- Enclaves laborales en las empresas ordinarias.
- Empleo con apoyo.

Programa 3:
- Contratación temporal ordinaria.
- Contratación temporal de discapacitados provenientes de Enclaves Laborales o Empleo con Apoyo.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 83
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 13/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 83
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/06/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 131
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento