Programas de promoción y divulgación del cooperativismo. Convocatoria complementaria.

Código de ayuda:

S37937/06

Norma:

Orden de 4 de octubre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto efectuar una convocatoria complementaria de la Orden de 27 de marzo
de 2006, por la que se desarrollan los programas de promoción y divulgación del cooperativismo, al amparo de la previsión contenida en su disposición adicional segunda.


Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. -Programa I-BIS: impulso de proyectos empresariales cooperativos:
Podrán ser objeto de subvención hasta el 75% de los gastos.

2. -Programa V-BIS: fomento del acceso a la condición de socio trabajador:
La cuantía de las ayudas será de hasta 5.000 euros por socio, sin que en ningún caso exceda el 75% de
la aportación que cada nuevo socio deba desembolsar, con un tope máximo subvencionable de 10 socios trabajadores por cooperativa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. -Programa I-BIS: impulso de proyectos empresariales cooperativos:

Los promotores de proyectos cooperativos que realicen las actividades objeto de la ayuda durante el año 2006.
Igualmente podrán ser atendidas las solicitudes para actividades realizadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2005.
Únicamente se podrá presentar una solicitud por cada proyecto empresarial.

2. -Programa V-BIS: fomento del acceso a la condición de socio trabajador:

Las sociedades cooperativas, y a través de ellas sus asalariados, siempre que estés se incorporen como socios durante el año 2006. Igualmente podrán ser atendidas las solicitudes para incorporaciones realizadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. -Programa I-BIS: impulso de proyectos empresariales cooperativos:

Podrán ser objeto de subvención hasta el 75% de los gastos ocasionados con motivo de:

a) Realización de actividades previas al inicio de la actividad, tales como asistencias técnicas para la
orientación y acompañamiento del proyecto y acciones formativas e informativas de los promotores, hasta un límite de 1.000 euros por promotor.
b) Asistencia técnica consistente en la elaboración de estudios de viabilidad, de organización, de comercialización, auditorías y otros informes económicos, hasta un máximo de 2.000 euros por proyecto.
c) Elaboración de proyectos técnicos legalmente preceptivos hasta un máximo de 2.000 euros por proyecto.
d) Asistencia técnica para la elaboración del plan empresarial de la cooperativa, así como de su seguimiento y asesoramiento en la ejecución, hasta un máximo de 10.000 euros por proyecto.
e) Asesoramiento para la elaboración de los estatutos sociales, formalización e inscripción de la escritura
pública y demás trámites derivados del proceso de constitución de la cooperativa hasta un máximo de 2.000 euros.

2. -Programa V-BIS: fomento del acceso a la condición de socio trabajador:

El importe de las ayudas será reconocido como aportaciones obligatorias desembolsadas del nuevo socio al
capital social y no podrá ser objeto de reembolso ni transmisión por actos inter vivos, durante un período
mínimo de cinco años. No obstante, el socio que cause baja obligatoria podrá transmitir su aportación a favor de la persona que se incorpore para substituirlo en las mismas condiciones y hasta el final del referido período, como mínimo.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2006
- Nº 196
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento