Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo para el año 2005.

Código de ayuda:

S15482/05

Norma:

Orden de 1 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Adaptar al régimen propio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el procedimiento de tramitación y gestión, así como el establecimiento de las bases para la concesión de subvenciones que establecen las Ordenes del Ministerio de Trabajo y asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001 (BOE de 21 de noviembre), reguladoras de los Programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y las Unidades de Promoción y Desarrollo.

Se estructura en los tres programas siguientes:
1. Escuelas Taller y Casas de Oficios.
2. Talleres de Empleo.
3. Unidades de Promoción y Desarrollo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
c) Consorcios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Diversas acciones subvencionables en función del programa de que se trate.

- Para el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios:
1. Los gastos de formación profesional ocupacional y educación complementaria durante todas las etapas del proyecto, y gastos de funcionamiento.
2. Los gastos correspondientes a los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores previstos en el artículo 35 de la Orden.

- Para el programa de Talleres de Empleo:
1. Los gastos de formación profesional ocupacional y educación complementaria durante todas las etapas del proyecto, y gastos de funcionamiento.
2. Los gastos correspondientes a los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores previstos en el artículo 39 de la Orden.

- Para el programa de Unidades de Promoción y Desarrollo:
1. Los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con director, técnicos y personal de apoyo previstos en el artículo 42 de la presente Orden.
(Consultar Bases para mayor información).

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 81
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 11/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 81
Documento: Anexos Descargar Documento