Programacion de cursos del Plan Nacional de Formacion e Insercion Profesional correspondiente al año 2008 (Plan FIP Canarias 2008), cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Código de ayuda:

S00073/08

Norma:

Resolucion de 27 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Del 2 de enero al 31 de enero de 2008, ambos inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la participación en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción
Profesional correspondiente a la anualidad 2008 a las Entidades y Centros Colaboradores del Servicio
Canario de Empleo.

El importe total de los créditos consignados en la presente convocatoria irá destinado a la financiación
de las acciones presentadas por las entidades y centros colaboradores bajo la modalidad de cursos
individualizados.

La distribución económica del crédito consignado se realizará por isla atendiendo al número de
desempleados existentes en cada una de ellas, según los datos obtenidos del Servicio Público de Empleo
Estatal en la fecha de entrada en vigor de la resolución de convocatoria. Sobre dicho importe se aplicará un coeficiente corrector en función de la tasa de actividad por isla, dato que se obtendrá de la Encuesta
de Población Activa.

Los cursos que se asignen en virtud de la presente convocatoria se desarrollarán desde el momento en que se resuelva la convocatoria hasta el 30 de abril de 2009. En cualquier caso, la fecha límite de comienzo de los cursos será el 31 de diciembre de 2008. Por tanto, se establece, como condición al
beneficiario, que los cursos que tengan asignados, comiencen como máximo antes de dicha fecha. Apartir
de esta fecha quedara sin efecto la concesión de todos aquellos cursos que no se hubiesen iniciado,
dictándose resolución a tal efecto por el SCE. En el caso de haberse producido abono anticipado de parte
de su importe, el Centro deberá reintegrar el importe percibido, aplicándose el interés legal del dinero,
incrementado en un 25% calculado desde la fecha del pago anticipado hasta el momento en que se produzca el reintegro voluntario o en su defecto, se acuerde la procedencia del reintegro.

Con objeto de mejorar las programaciones complementarias que se puedan realizar según se establece
en la base vigesimotercera, los cursos de más de 600 horas deberán comenzar antes del 30 de octubre de 2008.
En caso contrario quedará sin efecto la concesión de dichos cursos, dictándose resolución al efecto por el SCE.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar su participación en la programación las Entidades y los Centros Colaboradores autorizados
con relación a las especialidades que tengan homologadas por el Servicio Canario de Empleo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes a que hace referencia la base octava, de conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 13 de abril de 1994, por la que se dictan las normas de
desarrollo del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

Podrán asimismo obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora quienes cuenten con las preceptivas homologaciones y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS 816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan las normas de las subvenciones del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 78, de 1.4.05).

No podrán ser beneficiarios o centros colaboradoras los que se encuentren en alguno de los supuestos
previstos en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, o sean deudores por resolución
firme de procedencia de reintegro.

Sin menoscabo de lo anterior, y con carácter previo al anticipo total de la subvención o adelantos a
cuenta, los centros beneficiarios, en su caso, deberán acreditar que están al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; así como prestar avales o garantías, de cualquiera
de las clases admitidas a derecho, salvo que en aplicación de la legislación vigente se exonere de tales obligaciones a las mismas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La participación en la programación se conformará por acciones de formación que han de contribuir a
alcanzar los objetivos señalados en la actual Estrategia Europea de Empleo, aprobada por el Consejo
Europeo, así como las Directrices de la Política Canaria de Empleo (Estrategia por el pleno empleo, la
calidad y la productividad del trabajo y la cohesión e inclusión social), suscritas por el Gobierno de Canarias
y los agentes sociales, así como sobre la base de las necesidades formativas detectadas en el tejido
empresarial canario por el SCE y los agentes sociales.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 259
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento