Programa: Los Legados de la Tierra, de ayudas a entidades locales para el desarrollo de exposiciones fotográficas.

Código de ayuda:

S00491/07

Norma:

Orden de 21-12-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas para realizar exposiciones fotográficas de interés regional, organizadas por las Entidades Locales. El objetivo principal es recuperar y difundir el Patrimonio Fotográfico mediante su muestra pública en exposiciones que recojan las fotografías propiedad de las Corporaciones Locales y de los residentes en las mismas, asi como facilitar la obtención de reproducciones de los fondos fotográficos expuestos para su integración en el Centro Regional de Fotografía de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establecen las siguientes cuantías:

a) Hasta un máximo de 1.900 euros para la organización de exposiciones fotográficas.
b) Hasta un máximo de 4.900 euros para la organización de exposiciones fotográficas que contemplen la edición de un catálogo.

La cuantía de la ayuda a conceder en ningún caso podrá exceder del 60% del importe del proyecto presentado. Con carácter complementario a la subvención otorgada, la corporación local deberá aportar la diferencia hasta alcanzar el 100% del gasto a realizar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos, mancomunidades y Entidades de Ámbito Inferior al Municipio (EATIM) de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

- Los ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio pertenecientes a una mancomunidad, podrán presentarse aisladamente a esta convocatoria siempre que no figuren en el proyecto presentado por su mancomunidad (anexo I), y presenten un proyecto propio claramente diferenciado.
- Los ayuntamientos y mancomunidades que hayan sido beneficiarios de ayuda en la convocatoria de 2006, no podrán volver a solicitarla para la presente convocatoria.
- En ningún caso podrá adquirir la condición de beneficiario quien se encuentre incurso en alguna de las circunstancias a que se refieren los apartados 2º y 3º del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 270
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento