Programa extraordinario de las personas trabajadoras autónomas y microempresas con actividades especialmente paralizadas por la crisis de la COVID-19, financiadas parcialmente con fondos REACT-UE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de la COVID-19.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S27246/22

Norma:

ORDEN de 27 de junio de 2022. ORDEN de 28 de abril de 2022. RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de junio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de este programa es la concesión de una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas y microempresas, especialmente paralizadas, para hacer frente a la situación económica motivada por la pandemia de la COVID-19, que contribuya al mantenimiento de la actividad económica y del empleo.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Otras
  • Textil - Confección
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA como personas trabajadoras por cuenta propia, las comunidades de bienes o sociedades civiles, las microempresas y los mutualistas, siempre que estén de alta o en situación asimilada, que tengan su domicilio fiscal en Galicia, que tuviesen un alta anterior a 1 de enero de 2019 y que acrediten una bajada de la facturación de, por lo menos, el 65 % en los términos establecidos en el artículo 9.

Se considerará microempresa a efectos de esta orden la que viene recogida en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, que define la micro-empresa como aquella empresa que ocupa a menos de diez trabajadores y con un balance general anual inferior a dos millones de euros.

También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de temporada que estén de alta en el momento de la presentación de su solicitud y hayan estado de alta un mínimo de cuatro (4) meses y un máximo de nueve (9) meses en el año 2019.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 03/05/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/06/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 122
Documento: Ampliación Dotación Presupuestaria Descargar Documento
Boletín: 23/08/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Agotamiento del Crédito 2022 Descargar Documento