Programa de subvenciones a empresas que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2018.

Código de ayuda:

S31473/18

Norma:

ORDEN de 11 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de septiembre de 2018, a las 12:00 horas, o con el agotamiento de los fondos disponibles.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta Orden regular y convocar, para el ejercicio 2018, en los términos que se recogen en los siguientes artículos, subvenciones a las empresas que realicen inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden adoptarán la forma de subvención a fondo perdido y supondrán el 10% de la inversión susceptible de apoyo.

Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 3.000.000,00 de euros por empresa o grupo industrial, en su caso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Podrán acceder a las subvenciones contempladas en la presente Orden las Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios técnicos avanzados anexas a las anteriores, así como, empresas de servicios logísticos, excluido el transporte, cuyas inversiones objeto de la ayuda se localicen en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco identificadas en la Decisión de la Comisión (21-05-2014) sobre Ayuda Estatal n.º SA 38472 (2014/N) que aprueba el Mapa de Subvenciones Regionales 2014-2020 para España.

2.– En los municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, detallados en el artículo 5.2, solo se subvencionarán las inversiones que hagan las Pequeñas y medianas Empresas (PYMEs).

3.– La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (Pyme) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede los 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no rebase los 43 millones de euros.

En la categoría de PYME, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no rebase los 10 millones de euros.

En la categoría de PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no rebase los 2 millones de euros.

En el caso de que la empresa esté asociada o vinculada con otras, los requisitos anteriores deberá cumplirlos el grupo de empresas así formado.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 117
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento